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17/Nov/07 12:52

Pero ¿porque considerar La RFM del año anterior o la del año?

La ley no marca declarar, SOLO si se tiene los eventos que darian a la retencion, para que seguir otro tipo de ordenamiento.

Lo demas es complicarse y no tiene caso.
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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21/Nov/07 16:54
Re: Declaraciones por Retencion de Iva e Isr Arrendamiento

SEGUNDA Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2007.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

SEGUNDA RESOLUCION DE MODIFICACIONES A LA RESOLUCION MISCELANEA FISCAL PARA 2007 Y SUS ANEXOS 1, 5, 7, 10, 11, 14, 15, 17 Y 26


...........

Cuarto. Para los efectos de la regla 2.14.2., por el periodo comprendido desde diciembre de 2006 hasta la fecha en que se libere la aplicación actualizada del programa Declaración Provisional o Definitiva de Impuestos Federales, los contribuyentes no presentarán la información de las razones por las que no se realizó el pago, respecto de las siguientes obligaciones:

[color=red:b1d9c91939]a) Retenciones de IVA, IEPS o ISR, excepto tratándose de retenciones realizadas por los ingresos a que se refiere el Título IV, Capítulo I de la Ley del ISR.[/color:b1d9c91939]

b) Pagos provisionales del IMPAC.

Para los efectos de la regla 2.3.1.15., el dispositivo magnético a que se refiere la citada regla se presentará hasta la fecha en que se libere el servicio de la solicitud de inscripción correspondiente.
 
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22/Nov/07 12:51
Re: Declaraciones por Retencion de Iva e Isr Arrendamiento

BUENAS TARDES

CAIGO EN LA MISMA OPINION DE LA MAYORIA DE LOS FORISTAS, Y PIENSO QUE COMO NO ME A ENCONTRADO CASI NADA EN LA REVISION, PUES TIENE QUE DECIR ALGO JAJAJA


GRACIAS POR SUS APORTACIONES A TODOS LOS FORISTAS

ATTE
JUAN
 
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22/Nov/07 14:56
Re: Declaraciones por Retencion de Iva e Isr Arrendamiento

BUENAS TARDES

CAIGO EN LA MISMA OPINION DE LA MAYORIA DE LOS FORISTAS, Y PIENSO QUE COMO NO ME A ENCONTRADO CASI NADA EN LA REVISION, PUES TIENE QUE DECIR ALGO JAJAJA


GRACIAS POR SUS APORTACIONES A TODOS LOS FORISTAS

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22/Nov/07 16:07
Re: Declaraciones por Retencion de Iva e Isr Arrendamiento

Cuarto. Para los efectos de la regla 2.14.2., [color=green:9f7079749e]por el periodo comprendido desde diciembre de 2006 hasta la fecha en que [u:9f7079749e](1) se libere la aplicación[/u:9f7079749e] actualizada del programa Declaración Provisional o Definitiva de Impuestos Federales[/color:9f7079749e], los contribuyentes [u:9f7079749e]no presentarán la información de las razones por las que no se realizó el pago[/u:9f7079749e], respecto de las siguientes obligaciones:

a) Retenciones de IVA, IEPS o ISR, excepto tratándose de retenciones realizadas por los ingresos a que se refiere el Título IV, Capítulo I de la Ley del ISR.

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1 ¿Cual liberacion de la aplicacion? De que hablan los Willies del SAT, ¿donde se indica que tengo que utilizar esa aplicacion? cuando no se da el hecho generador de la obligacion.

2 ... "no presentarán la información de las razones por las que no se realizó el pago..." ¿Cuando esta obligado en la ley de presentar la informacion de algo que nunca estuve obligado?

Que bondadosa RMF que me quita la obligacion de algo que no me encuentro obligado. Gracias.
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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22/Nov/07 16:27
Re: Declaraciones por Retencion de Iva e Isr Arrendamiento

[quote:c2ba433f15="enrique9727"]Cuarto. Para los efectos de la regla 2.14.2., [color=green:c2ba433f15]por el periodo comprendido desde diciembre de 2006 hasta la fecha en que [u:c2ba433f15](1) se libere la aplicación[/u:c2ba433f15] actualizada del programa Declaración Provisional o Definitiva de Impuestos Federales[/color:c2ba433f15], los contribuyentes [u:c2ba433f15]no presentarán la información de las razones por las que no se realizó el pago[/u:c2ba433f15], respecto de las siguientes obligaciones:

a) Retenciones de IVA, IEPS o ISR, excepto tratándose de retenciones realizadas por los ingresos a que se refiere el Título IV, Capítulo I de la Ley del ISR. [/quote:c2ba433f15]

----------------------------------------------------------------------------

1 ¿Cual liberacion de la aplicacion? De que hablan los Willies del SAT, ¿donde se indica que tengo que utilizar esa aplicacion? cuando no se da el hecho generador de la obligacion.

2.14.1. Para los efectos del séptimo párrafo del artículo 20 y primer párrafo del artículo 31 del CFF, las personas obligadas a presentar pagos provisionales o definitivos del ISR, IMPAC, IVA o IEPS, incluyendo retenciones, a través de medios y formatos electrónicos, incluyendo complementarias, extemporáneas y de corrección fiscal, las deberán efectuar, por cada grupo de obligaciones fiscales derivadas de los citados impuestos incluyendo retenciones que tengan la misma periodicidad y la misma fecha de vencimiento legal, por medio de la página de Internet del SAT, de conformidad con el siguiente procedimiento:

[color=darkred:c2ba433f15]I. Ingresarán al “Servicio de declaraciones y pagos, Subservicio de declaraciones de pago”, “Declaración Provisional o Definitiva de Impuestos Federales”, contenido en la página de Internet del SAT. [/color:c2ba433f15]Para tal efecto, el contribuyente deberá proporcionar su CIEC generada a través de los desarrollos electrónicos del SAT, o la FIEL generada conforme a lo establecido en la regla 2.22.1.



2 ... "no presentarán la información de las razones por las que no se realizó el pago..." ¿Cuando esta obligado en la ley de presentar la informacion de algo que nunca estuve obligado?



Que bondadosa RMF que me quita la obligacion de algo que no me encuentro obligado. Gracias.
 
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