03/Nov/07 16:19
Re: Tratamiento inversiones 2007 pagados en 2008
[quote:6053e1f9f2="BR1"][quote:6053e1f9f2="cjlopezasesoria"]leete el noveno DVT ietu. No estás cegaton, eres flojo y no estudias..........[/quote:6053e1f9f2]
Ah caray:
[color=blue:6053e1f9f2]Artículo Noveno. Para los efectos del impuesto empresarial a tasa única a que se refiere la presente Ley, no serán deducibles las erogaciones que correspondan a enajenación de bienes, prestación de servicios independientes y al uso o goce temporal de bienes que se utilicen para realizar las actividades a que se refiere el artículo 1 de la presente Ley, que se hayan devengado con anterioridad al 1 de enero de 2008, aun cuando el pago se efectúe con posterioridad a dicha fecha.[/b:6053e1f9f2][/color:6053e1f9f2]
[b:6053e1f9f2][color=red:6053e1f9f2]¿A que se refiere este artículo?.. lo digo debido a que según el penúltimo párrafo del Quinto Transitorio dice todo lo contrario:[/color:6053e1f9f2][/b:6053e1f9f2]
[color=blue:6053e1f9f2][b:6053e1f9f2]La parte de las erogaciones por las inversiones nuevas, efectivamente pagada con posterioridad al periodo a que se refiere el primer párrafo de este artículo, será deducible en los términos de la presente Ley.[/b:6053e1f9f2][/color:6053e1f9f2][/quote:6053e1f9f2]
[b:6053e1f9f2]EL ART. NOVENO [/b:6053e1f9f2]SE REFIERE A LA [b:6053e1f9f2]ADQUISICIÓN DE BIENES[/b:6053e1f9f2], PRESTACIÓN DE SERVICIOS Y/O ARRENDAMIENTOS RECIBIDOS.
[b:6053e1f9f2]EL ART. QUINTO [/b:6053e1f9f2]EN SU PRIMER PÁRRAFO, SE REFIERE A [b:6053e1f9f2]COMPRAS DE ACTIVO FIJO [/b:6053e1f9f2]DEL 1o. DE SEPT. AL 31 DE DIC. DEL 2007.
EL PENÚLTIMO PÁRRAFO DEL MISMO, SE REFIERE A QUE LAS COMPRAS DE ACTIVO FIJO ADQUIRIDAS DEL 1o. DE SEPT. AL 31 DE DIC. 2007, Y QUE PARCIALMENTE SE HUBIERAN PAGADO EN ESAS FECHAS, POR LA PARTE NO PAGADA Y CUYOS PAGOS SE REALICEN DEL 1o. DE ENERO 2008 EN ADELANTE, LOS MISMOS SERÁN DEDUCIBLES EN SU TOTALIDAD.
[b:6053e1f9f2]EJEMPLO:[/b:6053e1f9f2]
[b:6053e1f9f2]VALOR TOTAL DE COMPRA EN DIC. 2007 DE ACTIVO FIJO, $ 100,000.00.[/b:6053e1f9f2]
[b:6053e1f9f2]IMPORTE PAGADO EN DIC. 2007.- $ 60,000.00, ESTE IMPORTE SE DEDUCIRÁ EN 3 AÑOS.[/b:6053e1f9f2]
[b:6053e1f9f2]RESTO PAGADO EN 2008 (ENERO, FEB. ETC.), $ 40,000.00, ESTA CANTIDAD SE DEDUCE EN SU TOTALIDAD EN 2008.
'El optimista piensa que el realista es pesimista.
El pesimista dice que el realista es optimista.
El realista sabe que el optimista es idealista.'