29/Oct/07 18:32
Deduccion de inversiones en automoviles
Buenas tardes colegas, el asunto es el siguiente>
Es deducible sin tope de los 175,000.00 las camionetas van para 15 Pasajeros? Considerando lo establecido en el Art. 42 FII LISR y el Art.3-A RLISR.
Considerando lo anterior mencionado serian 100% Deducibles estos automoviles y aparte los pick up, ya que estos ultimos se consideran transportes de carga, a parte del criterio normativo publicado en la revista del sindico contribuyente de Mayo-Junio del 2007.
Que opinan al respecto????....Estan de acuerdo con un servidor?...
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CHEMA
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29/Oct/07 20:42
Es deducible sin tope de los 175,000.00 las camionetas van para 15 Pasajeros? Considerando lo establecido en el Art. 42 FII LISR y el Art.3-A RLISR.
HASTA AQUI DE ACUERDO
Considerando lo anterior mencionado serian 100% Deducibles estos automoviles
LOS AUTOMOVILES NO
y aparte los pick up, ya que estos ultimos se consideran transportes de carga, a parte del criterio normativo publicado en la revista del sindico contribuyente de Mayo-Junio del 2007.
LAS PICK-UP SI
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vabdo
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29/Oct/07 21:02
Re: Deduccion de inversiones en automoviles
Efectivamente, es deducible.
Lo de las camionetas, depende para lo que la vayas a utilizar, es decir, para transportar mercancia o personas.
Coincido, saludos
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guzmanez
Cabo
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30/Oct/07 9:39
Re: Deduccion de inversiones en automoviles
Buenos dias companeros, a ver.... Las camionetas van para mas de 15 pasajeros me dices que si son para mcia o personas? .....
Si el Art 3-A RLISR es clarisimo que se consideran automoviles todo aquel vehiculo terrestre para el transporte de "HASTA DIEZ PASAJEROS, INCLUIDO EL CONDUCTOR,,,,,,,,,,"....
Y las camionetas de mas de 15 pasajeros no entran en este concepto......
Como ven?.......Seria el caso de un camion diesel para 40 pasajeros para transporte de personal de una compania...no lo harian deducible el 100 %????.......
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CHEMA
Sargento Primero
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30/Oct/07 11:14
Seria el caso de un camion diesel para 40 pasajeros para transporte de personal de una compania...no lo harian deducible el 100 %????.......
SI es deducible al 100%, (es un camion).
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vabdo
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30/Oct/07 12:07
Re: Deduccion de inversiones en automoviles
Hola CHEMA:
Este topico ya ha sido varias veces retomado, las ultimas veces argumentaron en 1 de las veces la disposicion del Reglamento que expones.
En la que en esa ocasion argumente que esa disposicion sobrepasa sus limitaciones, no puede crear obligaciones de mayor amplitud que las descritas por la LISR, por lo que se sale del marco juridico, ademas que la definicion de automovil no se ajusta adecuadamente, pues equipara a este concepto desde un triciclo hasta un trailer, siendo de muy pauperrima redaccion.
Por lo que no habria que seguirse esa disposicion si la LISR, no le da ese permiso de establecer una conceptualizacion de automovil y seria ley muerta.
Por otra parte en otra participacion se mostro un criterio del SAT sobre una consulta, en donde ratifican a un contribuyente que se apegaban que camiones no serian automoviles debido a que el cliente se dedicaba al ramo de autotransporte, quedando la duda para ciertas personas que entonces podria considerarse como automoviles en otras situaciones.
Pues no seria asi debido a que las promociones son contestadas a hechos reales y a particulares y no serian para un ambito general, por lo que la autoridad concluyo para mi juicio adecuadamente su opinion y solo le quedaria la duda por no entenderse por que la autoridad entrega una opinion o criterio que seria particular y no general.
Podrias analizar esos topicos para ver que conclusiones se otorgan, ademas que se contaria con las fundamentaciones de primera mano.
Saludos cordiales,
enrique9727
¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate.
Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
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enrique9727
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