26/Oct/07 11:47
Re: AMPARO CONTRA EL IETU
Hola:
Primero que nada, habría que ver los efectos de la LIETU en 2007, como si estuviese ya vigente, contra el ISR 2007, para ver, qué tanto perjudicaría y valuar mejor la situación. Así se sabría qué tanto conviene el amparo.
Luego ver ¿contra qué se ampararían? Qué razón. Ampararse por ampararse no veo la razón de porque hacerlo, sólo se gastará dinero sin resultados favorables, y sí con pérdidas económicas adicionales. Solicitarle pronóstico de posibilidades al abogado de ganarse.
Analizar las estrategias de amparos por distintos abogados, habría que estudiarlas, antes de ampararse, cuales serían las que se acomodaria a la situacion de la empresa, cuales tendrían mayor sustento o altas posibilidades. Escójase el abogado, no que el abogado los escoja a Ustedes.
La empresa podría cambiar situaciones de gravabación o de deducción para no tenerse mayor gravamen segun la LIETU. Esto sería mejor que ampararse.
Sin ser abogado, veo posibilidades muy amplias de perderse los amparos, por cuestiones de estatutos de la misma LIETU, pero de ganarse, la ley sería reajustada el próximo ejercicio. Es mas mucho antes de perderse, pues la SHCP ya veria como le estan llegando por el 2008, para 2009 ya cambiarian las redacciones, aunque los juicios posiblemente no terminen de definirse antes del 2008.
La mas grave situacion para pelearse, seria desestimarse el establecimiento de la ley, puesto que no fueron promulgada conforme se hacen como otras leyes. Pero aun así, sería un volado medio cargado en favor de quien sería no contribuyente.
Los del SAT le hicieron de diputados y de abogados y emplearon el término "SE EXPIDE", EN LUGAR DE "SE ESTABLECE" son de connotaciones muy distintas.
¿Se expiden para su observación y no implementación?
Y los diputados y senadores no se fijaron...
Saludos cordiales,
enrique9727
¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate.
Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?