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01/Oct/07 18:23
Re: IDE: persona con varias cuentas bancarias

OK. BR1.....PERO Y SI LO METO EN UNA CAJA DE AHORRO.....O LO INVIERTO EN BIENES RAICES....O EN UNA CASA DE BOLSAS....
 
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lcruizuscanga
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01/Oct/07 22:20

Hola:

Pienso que el banco tardará un poco en determinar esa retención de inmediato, posiblemente un poco después lo cargue, a lo que comunmente se dice: A LO CHINO.

Que todos los bancos tenga esa red al just in time, es muy difícil, ni los gringos llegan a esa sofisticación, pero que se podría lograr después de varios días de atraso, pues es posible, pero posiblemente se nos olvide de esa situación y luego nos lleguemos acordar cuando venga el cargo o de repente ya no tengamos suficiente saldo para girar un cheque.

No hay que olvidar que los bancos serian responsables solidarios, así que los cargos los harán luego averiguarán.

¡Que de cheques de hule habrá!
 
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enrique9727
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02/Oct/07 10:06
Re: IDE: persona con varias cuentas bancarias

De acuerdo a la LIDE, si no tienes fondos para que te retengan el 2%, el banco lo manifestara a hacienda y esta ultima determinara el credito fiscal correspondiente


Artículo 5. Si de la información a que se refiere la fracción VII del artículo 4 de esta Ley, se comprueba que existe un saldo a pagar de impuesto a los depósitos en efectivo por parte del contribuyente, la autoridad determinará el crédito fiscal correspondiente, lo notificará al contribuyente y le otorgará el plazo de 10 días hábiles para que manifieste lo que a su derecho convenga.

[color=red:fe816c8d1a]Transcurrido el plazo a que se refiere el párrafo anterior, la autoridad procederá al requerimiento de pago y posterior cobro del crédito fiscal a que se refiere el párrafo anterior, más la actualización y recargos correspondientes desde que la cantidad no pudo ser recaudada hasta que sea pagada.[/color:fe816c8d1a]

Artículo 6. Los montos del impuesto a los depósitos en efectivo que no hayan sido recaudados por falta de fondos en las cuentas de los contribuyentes, serán objeto de actualización y recargos conforme a los artículos 17-A y 21 del Código Fiscal de la Federación, a partir del último día del ejercicio fiscal de que se trate hasta que dicho impuesto sea pagado.
 
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lcruizuscanga
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02/Oct/07 10:30
Re: IDE: persona con varias cuentas bancarias

lcruizuscanga:

De acuerdo si no hay fondos... esa medida tomaría la SHCP, pero habría un plazo congruente para evitar el requerimiento y retenerselo a lo chino, segun lei en la LIDE Solo de 3 dias, para retenerse y pagar la retencion.

Al termino del dia es lo mas seguro que realicen la retencion, y deseguro congelaran cuando menos 2% de los depositos en efectivo, por lo menos para que no exista una falta de retencion, mientras determinan si procederia la retencion o no.


LIDE
Ultimo parrafo I Fracc del Art 4.

[color=green:bd22cbbedb]Las instituciones del sistema financiero serán responsables solidarias con el contribuyente por el impuesto a los depósitos en efectivo no recaudado[/color:bd22cbbedb], [u:bd22cbbedb]cuando no informen a las autoridades fiscales [/u:bd22cbbedb]de conformidad con la fracción III de este artículo que los fondos de las cuentas del contribuyente no fueron suficientes para recaudar la totalidad de dicho impuesto, o bien, cuando no hubiesen recaudado el impuesto en los términos de esta fracción o de la fracción IV de este artículo.

II. Enterar el impuesto a los depósitos en efectivo en el plazo y en los términos que mediante reglas de carácter general establezca la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. Dicho plazo [color=green:bd22cbbedb]no deberá exceder de los tres días hábiles siguientes a aquél en el que se haya recaudado el impuesto[/color:bd22cbbedb].
 
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enrique9727
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02/Oct/07 13:05
Re: IDE: persona con varias cuentas bancarias

[color=blue:1431c21748]Finalmente quedó para una sola institución bancaria IB[/color:1431c21748].... es decir se podría aperturar 5 cuentas bancarias en diferentes IB y llegar a tenerse $ 125,000 de partidas exentas al IDE, $ 25,000 para cada cuenta bancaria, puesto estaria en distintas IB

Me pregunto que si este tipo de operaciones ¿la Banca, informará: tanto las partidas libres de gravamenes, como las gravadas a la SHCP?

O es un resquisio para los portentosos, para los gastos menores.

Como lo indica Br1

----------------------------------------------------------------------------------
Finalmente la recaudacion se efectuaria segun el art 4 LIDE

I. Recaudar el impuesto a los depósitos en efectivo [color=indigo:1431c21748]el último día del mes de que se trate[/color:1431c21748].
 
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13/Oct/07 13:53
Re: IDE: persona con varias cuentas bancarias

Me tocó acudir a un curso, en el que reafirme dudas..jejeje.. digo, por que no las aclare, me quede en las mismas...

Entre muchas cosas, el expositor dijo:

¨ LAS INSTITUCIONES FINANCIERAS INFORMARAN CADA AÑO DE LOS DEPOSITOS EN EFECTIVO DE SUS CUENTAHABIENTES¨

Y me quede con cara de QUE PEX?

al parecer, quizas, a lo mejor.... las instituciones financieras tendran la obligación de informar hasta los montos menores depositados en efectivo ¿con ello la autoridad fincara contribuciones omitidas? ¿donde podemos encontrar alguna norma al respecto? ¿Madrazo recibio un apellidazo? ¿CERVANTES-QUIJANO es poeta? .... quizas nunca lo sabremos, si no hasta que le caigan a algun cacharpero (cacharpa=marmaja=efectivo)
 
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BR1
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15/Oct/07 8:58

Asi se indica en la Ley del IDE que informaran lo retenido y que deberan de tener la informacion de todos los depositos, mas no dice que informaran esos depositos que no procedieron retenerse

Me quede pensando y si lo llega a saber la SHPC, pues podria sumarizar los RFC de todas los bancos y determinar de esa manera una base de ingresos no gravados y con posibilidades para llegar a analizar si seria procedentes de hacerles una auditoria
 
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15/Oct/07 11:18
Re: IDE: persona con varias cuentas bancarias

Buenos días (no estaba muerto, andaba de parranda)..

Al parecer LIDE lo dispone como obligación:

[size=18:c429cbd640][color=red:c429cbd640]Artículo 4. Las instituciones del sistema financiero tendrán las siguientes obligaciones:

VI. Llevar un registro de los depósitos en efectivo que reciban, en los términos que establezca el Servicio de Administración Tributaria mediante reglas de carácter general.[/color:c429cbd640][/size:c429cbd640]
No discrimina montos... asi es que al parecer la institución deberá llevar un registro de TODOS los depositos en efectivo... y creo que no es solo por llevarlo, se le dará un uso especifico....entregarle esa información a Lolita... :evil:
 
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BR1
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16/Oct/07 14:56
Re: IDE: persona con varias cuentas bancarias

La obligación de llevarlo como contabilidad si esta.

De informar las partidas que retuvieron y las que no pudieron retener, también.

De expedir contancias y pagar las retenciones, también.

Pero de dar la información de cuales serían las partidas por las cuales no procedieron retenciones.... Por esto no viene como una obligación consitudinaria de tenerse que informar. Pero supongo que mediante las declaraciones informativas ahí vendría de manera intrínseca esa obligación, y que procederían a sumarizarla con la de otras instituciones para determinar el monto total de las partidas exentas a este impuesto y poder analizar las posibilidades de hacer una auditoría en caso de que se vea que los depósitos no proceden a la fuente de riquezas que se debieran declarar.
 
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16/Oct/07 16:18
Re: IDE: persona con varias cuentas bancarias

Aqui en nuestra empresa ya lo estuvimos analizando, y tenemos depositos en efectivo en dlls. estamos analizando depositarlo en la cuenta de Estados Unidos, ustedes creen que haya algun problema con el SAT, claro cuidare no tener problemas al cruzarlos a mi cuenta en Estados Unidos, es decir no rebarsar el limite de los 10,000 dlls por persona. Ustedes que opinan :evil:
 
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Medimpex
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