Foros


Inicio » Seguridad Social

Página: 1 2

Mensaje Autor

Arriba
28/Ago/07 12:16
INCAPACIDAD EMBARAZADA

Hola,

tengo duda de
si hay una trabajadora embarazada esto es a lo que tenga derecho:

1) el IMSS le va a dar incapacidad de maternidad por 2 meses (uno anterior y otro posterior a la fecha de parto)

2) el IMSS le va a pagar esos 2 meses de incapacidad

3) el patron solo debe seguir pagando la cuota al IMSS

es corrrecto??

Gracias
 
Perfil

criskras
Cabo

Mensajes: 45
Ingresó: Mayo 18, 2004
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
28/Ago/07 12:34
Re: INCAPACIDAD EMBARAZADA

son 42 dias antes y 42 dias despues.... metes las incapacidad y por lo tanto no sale a pagar imss
 
Perfil

pacocortes
Cabo

Mensajes: 42
Ingresó: Diciembre 04, 2006
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
28/Ago/07 15:41
Re: INCAPACIDAD EMBARAZADA

[quote:ab5867d08e="pacocortes"]son 42 dias antes y 42 dias despues.... metes las incapacidad y por lo tanto no sale a pagar imss[/quote:ab5867d08e]

Sólo sale a pagar 2% Retiro y 5% Infonavit
 
¡¡ juntos damos soluciones !!
 
Perfil

Mem
Teniente Coronel

Mensajes: 2922
Ingresó: Mayo 18, 2004
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
28/Ago/07 17:40
Re: INCAPACIDAD EMBARAZADA

Hola:

Pero la futura mama debe ir al IMSS a que le expidan un dictamen de que estuviese embarzada.... no es suficiente el baby.... no se lo dan si no tiene varias visitas prenatales, a menos que tenga palancas

De ese modo ya tendria las incapacidades y podra cobrar esas indemnizaciones y el patron no derminar cuotas al IMSS.

No hay beneficios sin obligaciones.....

Me parece que son minimo 5 visitas.... pregunte la cantidad exacta y programelas, despues de todo muy posiblemente sean beneficiosas.
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
Perfil

enrique9727
General de División

Mensajes: 15565
Ingresó: Julio 10, 2007
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
28/Ago/07 23:45
Re: INCAPACIDAD EMBARAZADA

:| Buenas noches. Con el nuevo reglamento de servicios medicos, no veo (o mas bien, no encuentro) ya esa restriccion de las consultas...

El Lic.
 
=8/ ¿Por qué sonries? piensa que hay un extraño atrás de tu puerta, sonriendo tambien... www.ppsotoasesor.com
 
Perfil

pepesoto
General de Brigada

Mensajes: 7729
Ingresó: Mayo 18, 2004
Ubicación:

Conectado

Agregar como amigo

Arriba
29/Ago/07 12:09
Re: INCAPACIDAD EMBARAZADA

Hola Señores y Damas:

Artículo 85. Para los efectos de este seguro se tendrá como fecha de iniciación de la enfermedad,
aquélla en que el Instituto certifique el padecimiento.
[color=green:6caa825f71]El disfrute de las prestaciones de maternidad se iniciará a partir del día en que el Instituto certifique el
estado de embarazo[/color:6caa825f71]. [u:6caa825f71]La certificación [/b:6caa825f71][/u:6caa825f71]señalará la fecha probable del parto, la que servirá de base para el
cómputo de los cuarenta y dos días anteriores a aquél, para los efectos del disfrute del subsidio que, en
su caso, se otorgue en los términos de esta Ley.

[color=blue:6caa825f71]Si no se va a las visitas prenatales el IMSS no se otorgaria [b:6caa825f71][u:6caa825f71]el certificado[/u:6caa825f71], por lo tanto no podría disfrutarse de las prestaciones segun a la letra del art 85 arriba mencionado

Suena logico como emitir un certificado sin dar un seguimiento de la situacion.

¿Ustedes emitirian un certificado sin hacer lo que se tiene que hacerse?[/color:6caa825f71]
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
Perfil

enrique9727
General de División

Mensajes: 15565
Ingresó: Julio 10, 2007
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
29/Ago/07 14:05
Re: INCAPACIDAD EMBARAZADA

buenas tardes a todos, aprovechando el tema, estoy revisando la ley del imss, el art. 102 Req. para tener derecho al pago del subsidio por incapacidad, en la empresa tenemos una mujer embarazada tiene como 10 semanas y la empresa quiere cambiarla a otra empresa del grupo, presentar el aviso de baja hoy y darla de alta en la otra empresa con fecha del siguiene dia, mi duda es, el imss le pagara el subsidio por maternidad? o se considera que hubo una interrupcion para las semanas cotizadas.

Por su atencion, muchas gracias
 
Haz lo que puedas, pide lo que no puedes, Dios te dará para que puedas!!! San Agustín
 
Perfil

amigodetodos
Teniente

Mensajes: 300
Ingresó: Abril 11, 2005
Ubicación:

Conectado

Agregar como amigo

Arriba
29/Ago/07 17:19
Re: INCAPACIDAD EMBARAZADA

AMIGODETODOS, la ley en su articulo 102 menciona
Para que la asegurada tenga derecho al subsidio que se señala en el artículo anterior, se requiere:
I.[color=green:3525845c6b] Que haya cubierto por lo menos treinta cotizaciones semanales en el período de doce meses anteriores a
la fecha en que debiera comenzar el pago del subsidio;[/color:3525845c6b]
II. Que se haya certificado por el Instituto el embarazo y la fecha probable del parto, y
III. Que no ejecute trabajo alguno mediante retribución durante los períodos anteriores y posteriores al parto.
Si la asegurada estuviera percibiendo otro subsidio, se cancelará el que sea por menor cantidad.

[color=green:3525845c6b]No menciona que tengan que ser cotizaciones ininterrumpidas ni que tengan que ser con el mismo patron[/color:3525845c6b] asi que no le veo problema, segun mi humilde punto de vista puedes cambiarla de RP.
 
Perfil

seminis
Sargento Segundo

Mensajes: 76
Ingresó: Octubre 08, 2005
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
29/Ago/07 17:36
Re: INCAPACIDAD EMBARAZADA

Buenas tardes:

Estas obligado a cumplir las cotizaciones semanales sin importar con que o con cuantos patrones las hayas tenido, asi es que si continua cotizando no debe tener ningun problema.

Saludos :P
 
'Nuestro conocimiento es necesariamente finito, mientras que nuestra ignorancia es necesariamente infinita.'
 
Perfil

juancarm
Teniente Coronel

Mensajes: 2838
Ingresó: Junio 22, 2004
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
29/Ago/07 17:37

Oye seminis:

Buen punto el que expusiste a todos se nos paso....
tambien habria que tomar el numero de cotizaciones en el IMSS para poder tener la prestacion en dinero de la rama de Maternidad.

Muy buen punto fino.

CU
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
Perfil

enrique9727
General de División

Mensajes: 15565
Ingresó: Julio 10, 2007
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo


Página: 1 2