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23/Ago/07 11:11
Renta gastos de viaje

Tengo un pequeño problema, espero me puedan ayudar a resolverlo, trabajo en una empresa donde pagan los gastos de viaje, y no me permiten pagar una renta de un departamento ya que dicen que es no deducible, la persona no vive ahi, solo va a esa ciudad y al imbueble cuando tiene que atender al cliente o proporcionarle servicio. Hay algun articulo donde diga que no se puede meter como gasto deducible la renta de inmueble, ya que pagar hotel sale mas caro que la renta del inmueble

Gracias
 
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WINCOMEX
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23/Ago/07 11:49
Re: Renta gastos de viaje

Hola:

Las reglamentaciones indican que deba ser estrictamente indipensable la erogacion, que se cuente con la documentacion comprobatoria adecuada, que se realice con cheque para abono en cuenta del beneficiario cuando los desembolsos son mayores a 2,000, que se cumpla con el entero de las retenciones correspondiente, se declare en la anual e informativas correspondientes. Si se cumple con lo anterior en terminos general, se podria considerar tu gasto como deducible.

1.- El primer requisito de la indispensabilidad, la cubriria un contrato
2.- La documentacion comprobatoria el recibo de arrendamiento
3.- Los cheques para abono en cuenta o transferencias electronicas, son muy simple de soportar
4.- El cuarto requisito dependeria si se arrienda a persona fisica o moral, y debe pagarse las retenciones segun corresponda al mes siguiente de cuando surta efectivo el pago de alguna mensualidad
5.- El quinto y ultimo requisito simplemente es de forma para redondear todos tus ingresos y deducciones que correspondan

Asi como se solicita fundamentacion para considerar deducible alguna erogacion, considero que el punto de vista tiene dos filos, por lo que tambien deberia fundamentarse ¿por que no?

Fundamentaciones:
Art 29 LISR señala las deducciones autorizadas, en este caso se ampararia con la fracc III

Art 31 LISR señalaria los requisitos para tener el caracter de la deducibilidad

El Art 32 LISR señala lo que se consideraria como no deducible

El art 81 muestra las obligaciones de los contribuyentes

Dentro los primeros articulos de la LIVA se marcaria lo de las retenciones.

Art 29 y 29A CFF Documentacion comprobatoria adecuada

Algunas reglamentaciones tendrian otra fundamentacion legal en su equivalencia para efectos de personas fisicas, pero en terminos generales son similares a la de las personas fisicas para este punto en cuestion, a excepcion que las personas fisicas no retendrian a otros por este tipo de erogaciones, se recomienda de cualquier manera analizar las legislaciones aplicables
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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28/Ago/07 16:49

Hola
Me falto incluirte que debes cumplir con el requisito del art 52 RLISR, pues el art 32 XIII, prohibiria en primera instancia la deduccion por arrendamiento de casa habitacion

Debera prepararse un escrito libre a la SHCP para deducir este tipo de erogaciones, de conformidad con el art 18 y 18A del CFF

Me parece que este comentario fue anexado de manera inapropiada a otro topico de renta que no procedia, pero en este caso si procede.
 
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enrique9727
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29/Ago/07 10:06

En mi opinion.
Estamos hablando de rentar un inmueble, en este caso corresponderia a la empresa, abrir una sucursal. Pagar la renta y hacer la retencion de impuestos.

Porque de otra manera. El recibo de renta saldria, a nombre del empleado, sin IVA, sin retencion, por ser renta de casa habitacion, y no seria deducible para la empresa.
 
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vabdo
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29/Ago/07 11:01
Re: Renta gastos de viaje

Buenos días.

Interesante el tema.

No coincido con lo que se dice de APERTURAR UNA SUCURSAL.....lo digo por que en la práctica puede ser que se deban visitar continuamente clientes en cierta ciudad (fuera del domicilio fiscal), y debido a que sale mas económico rentar una casa o departamento para los vendedores que pagar hotel se opta por ello....
 
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BR1
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29/Ago/07 11:52

Y de que manera podrias deducir, la renta de un departamento?

Estoy de acuerdo, con la problematica, -de sucursal-, pero en este caso se va ha rentar en forma eventual o continua
 
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vabdo
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29/Ago/07 11:55
Re: Renta gastos de viaje

Lo que pasa, es que la casa habitación NO hara las veces de domicilio establecimiento...

Te imaginas que por ejemplo, el laboratorio Navartis aperture sucursales en todas la ciudades en que sus representantes médicos viven deba aperturar sucursales, eso seria la locura....aunque se que no es el caso....
 
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BR1
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29/Ago/07 12:12

Pues me interesa el tema, y quisiera ver si alguien tiene alguna otra opcion para deducir
 
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vabdo
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29/Ago/07 15:12
Re: Renta gastos de viaje

Hola:

Pues como ya opine si se puede, unicamente habria que preparar una promocion ante la SHCP, hasta conseguir los requesitos que ellos contemple de indispensabilidad, fundamentar esa promocion. Indicar los motivos por los cuales seria prudente aplicar esta opcion de arrendar una casa habitacion en lugar de hospedarse en los hoteles, por su costo o cualquier otro motivo de importancia, mostrar documentacion de hoteles a la autoridad, por que debe tratarse de hechos veridicos y fundados, no de palabra.

Solicitar los comprobantes a nombre de la compañia por concepto de arrendamiento de casa habitacion, efectuar las retenciones y no se requeriria alguna apertura de establecimiento a menos que se desarrollen actividades administrativas en esa casa habitacion, que ya propiamente seria entonces una renta comercial.
 
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enrique9727
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30/Ago/07 9:47

De acuerdo, pero como deducir, una casa habitacion?
No te cobran IVA
Tienes Obligacion de retener ISR y La retencion de IVA?
 
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vabdo
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