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09/Jul/07 15:44
Re: TRATAMIENTO FISCAL DE INTERESES

Hola danielk19:

Buen apunte, de como dar de alta esa nueva obligacion en las personas fisicas.

Efectivamente los intereses no son actividad empresarial, segun art 16 CFF y se encuentra muy bien encuadrados donde lo señalas.

Y tienes mucha razon que serian conteplados como operaciones con partes relacionadas, tanto para efectos financieros y como fiscales, asi como vigilar la manera en que se declaran en las informativas.


Saludos
 
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mirnalcantu
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10/Jul/07 18:57
Re: TRATAMIENTO FISCAL DE INTERESES

Agradezco a todos sus comentarios.

En caso de considerarse en el Capitulo VI del Titulo IV se puede deducir que:

Para ISR:

Debe aumentar la obligacion de intereses.

No se realizan pagos provisionales para ISR.

Los intereses que se acumulan en la anual son los reales devengados.

La retencion de la Empresa debe ser por el 20% de los intereses nominales devengados.

Para IVA:

Debe aumentar obligacion de IVA

El impuesto se causa cuando se cobren los intereses y entonces debera declararse y enterarse el impuesto

En este caso no hay retencion de IVA

Nuevamante gracias y espero sus comentarios.


Para CHEQUE e INDIVISA, perdon por el desorden pero no se porque aparecio 2 veces el mensaje, si revisan el mensaje original, los dos tienen la misma fecha y hora. Disculpas.
 
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cide
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12/Jul/07 8:23
Re: TRATAMIENTO FISCAL DE INTERESES

ADEMAS DE LOS PUNTOS ANTERIORES, ALGUIEN PUEDE DECIR SI UBICANDOSE EN EL CAPITULO VI DEL TITULO IV DEBE EXPEDIR COMPROBANTES FISCALES Y QUE TIPO DE COMPROBANTE SERIA.

GRACIAS ESPERO SUS COMENTARIOS
 
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cide
Soldado

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