06/Jul/07 16:45
Re: ASALARIADA CON "OTROS INGRESOS"
Hola:
Se tiene que identificar los tipos de ingresos primero, para entender la disposicion del Art 106
1.- Salarios y asimilables
2.- Depositos por remesas del extranjero
3.- Donativos ([color=green:e8f915b0da]habria donativos exentos art 109 [/color:e8f915b0da]y gravados)
[color=green:e8f915b0da]4.- Prestamos[/color:e8f915b0da]
5.- Arrendamientos
6.- Dividendos
7.- Honorarios
8.- Actividad empresarial
9.- Intereses
[color=green:e8f915b0da]10.- Premios
11- Cualquier otro ingresos por pagos definitivos[/color:e8f915b0da]
12.- Otro tipo de ingresos de los señalados en ese articulo 106 ( en efectivo, bienes, credito y otros bla, bla, bla...)
[color=green:e8f915b0da]De estos ingresos algunos podrian estar exentos y otros no procedierian acumularse y acumularse de manera optativa. Tal es el caso de los donativos[/b:e8f915b0da] (señalados en el art 109)[b:e8f915b0da] los premios [/b:e8f915b0da]pues ya pagaron impuestos o esos premios serian exentos del pago como los que retribuyen a la educacion, asi como [b:e8f915b0da] los prestamos (pues serian ingresos no acumulables), [b]cualquier otro ingreso que tenga el caracter de pago definitivo [/b:e8f915b0da] ejemplo intereses y repecos .
Por los ingresos que se mencionaron en el parrafo anterior, no se pagarian impuestos, habria que INFORMARSE los premios, donativos y prestamos en la declaracion anual, solo si por estos ingresos sobrepasaron del $ 1,000,000, pero si fueron por menor cuantia y se informan tambien se cumple con la obligacion.[/color:e8f915b0da] Al mencionarse informarse debe indicarse en un cuadro informativo y no formaria parte de la acumulacion de ingresos, pero la autoridad desearia saber que ingresos forman tambien del patrimonio del contribuyente y serian una explicacion de su riqueza.... y no un enriquecimiento inexplicable como sucede con los politicos.
Los donativos o remesas que se indican en el topico no se encontrarian exentos, segun mi juicio y razonamientos, presisamente por no encontrarse encuadrados en el art 109, aunque ya hubiesen pagado impuestos en EU, el art 1 LISR menciona que los TODOS los mexicanos tenemos la olbigacion del pago ISR por todos los ingresos independientemente de donde se encuentre la fuente de riqueza.... es decir si alguien nos regala, dona bienes o ingresos señalados en el art 106, estariamos obligado al pago del ISR a excepcion de ingresos señalados en art 109 LISR
Artículo 1o.[b:e8f915b0da] Las personas físicas y las morales, están obligadas al pago del impuesto sobre la rentaen los siguientes casos:
I. [color=red:e8f915b0da]Las residentes en México, respecto de todos sus ingresos cualquiera que sea la ubicación de
la fuente de riqueza de donde procedan[/color:e8f915b0da].
En la practica muy pocas personas declaran estas remesas o algun donativo no exento, pero aun asi la ley no exhime al contribuyente de no hacerlo, ni las autoridades han tomado cartas en el asunto.
Desconozco los motivos de por que no, tal vez si lo hacen, ya no llegaran esos capitales a reinvertirse en la economia mexicana y por ende les cause mayores problemas sociales, con desempleo, falta de educacion, estariamos en graves problemas para afrontarlos desde el punto de vista del gobierno. Pues resulta que la segunda fuente de riqueza a nivel nacional despues del turismo son las divisas de estas remesas, sin considerar a los ingresos del narco.... Sin estos 3 recursos y los petroleros estariamos en la pobreza total y pauperima, de ahi el por que de la corrupcion, la inseguridad y demas males.
Tal vez posiblemente a los ricachones, el gobierno les compensa como los arbitros del futbol, al no pagar impuestos por las ganancias de la bolsa, que al decir verdad nunca pierde. Y si pierden es por momentos minimos, pero en la generalidad hay grandes ganancias, que no se ven reflejadas en sus declaraciones, pero minimo debieran gravarse las ganancias por especulacion de venta de acciones.
Y no me he metido con los capitales de juegos de azar, que los clausuran, que si que no.... ¿y los impuestos que?
La diferencia es que los obtienen ingresos de la especulacion de la bolsa, la ley los ampara, mientras los que obtiene remesas del extranjero no.
saludos
PD
Nuestra legislacion tributaria es una copia de la americana que grava conforme a la residencia, en otros paises se gravan unicamente bienes y actividades desarrolladas en ese pais (fuentes de riqueza), aqui tambien pero en base a residencia (mas globalizadora la situacion) Es decir siendos mexicanos gravariamos por todos los ingresos acumulables de cualquier fuente de riqueza que se encuentre en el universo, en el infinito o mas alla. (suena a pelicula)