02/May/07 16:53
compensaciones extemporaneas
Buenas tardes, ojala alguien pueda orientarme. En un pago provisional compensé el importe a cargo. Que sucede si el formato 41 se presenta de forma extemporanea?
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Schott
Soldado
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02/May/07 16:54
ES MUYPOSIBLE QUE NO PROCEDA EL TRAMITE DE COMPENSACION
SALUDOS
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lobozac
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03/May/07 9:28
Como quiera mandalo, aunque sea extemporaneo.
LA PREPOTENCIA TE HACE FUERTE UN DIA.......LA HUMILDAD PARA SIEMPRE.
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vabdo
General de Brigada
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03/May/07 10:25
Re: compensaciones extemporaneas
Mandalo, a mi si me lo hicieron valido despues de 7 meses de haberlo compensado.
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ESTHERMM
Soldado
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03/May/07 21:02
Re: compensaciones extemporaneas
Seria un tramite extemporaneo, espontaneo y valido....no sansionable
Si lo requieren de cualquier manera lo se tendria que presentar, es una obligacion marcada en la ley de la materia
Si lo presentas bajo requerimiento, habria multa por incumplimiento
Asi que hay que cumplir de cualquier manera, con insentivo de una multa o sin el....
Es tu opcion si los dejas para el mañana de mañana...
saludos
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mirnalcantu
Capitán Primero
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04/May/07 8:46
Re: compensaciones extemporaneas
yo coincido con mirnalcantu, no pasa nada si lo presentas de manera expontanea, solo pagaras actualización ya que el 9 del reglamento del CFF, si el saldo a favor se genera con anterioridad te menciona que no pagaras recargos.
saludos.
'He tomado sobre mi el monopolio de mejorar sólo a una persona, y esa persona soy yo mismo, y sé cuán dificil es conseguirlo'
Mahatma Gandhi.
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ELNUME
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07/May/07 1:37
Re: compensaciones extemporaneas
Hola
No habria pago de recargos y actualizacion si el pago fue oportuno, el aviso de compensacion tiene como obligacion presentarse dentro de los 5 dias a la presentacion de la obligacion pero no se corta o se desvanece esa obligacion al quito dia habil, sigue vigente la obligacion, si es subsandada de manera espontanea, no habria sansion, en caso contrario, el requerimiento OBLIGA mas la presentacion de ese aviso o la restauracion de la actualizacion y los recargos correspondientes, ademas de hacerse acreedor de una multa.
saludos
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mirnalcantu
Capitán Primero
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08/May/07 13:37
Re: compensaciones extemporaneas
Hola, necesitas presentar declaración complementaria del periodo donde estás haciendo la compensación, ya que como no has presentaste el aviso la autoridad está considerando que no le has pagado, por lo tanto, esa contribución debe estar actualizada con sus respectivos recargos. Puede que el SAT te reciba el aviso, pero es muy probable que te requieran el pago de los accesorios.
Saludos
El hombre, es el único animal que ensucia el agua que bebe, corta el árbol que le da sombra y mata sin tener hambre.
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Clauscalo
Sargento Segundo
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08/May/07 13:46
Re: compensaciones extemporaneas
No lo creo....mientras no medie requerimiento, el aviso surte efectos legales (siempre quise usar ese termino..no se que signifique pero se escucha convincente jeje)
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BR1
Coronel
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08/May/07 14:08
Re: compensaciones extemporaneas
que es lo que soporta la compensación?
en mi opinión el aviso, y si este aun no se presenta la compensación aun no está soportada, ahora si es espontaneo no hay multa por la formalidad del aviso pero de fondo en mi particular opinion creo que durante el tiempo que no lo presentaste debias el impuesto como alguien ya lo comentó.
en estos casos quizas una opcion sea una complementaria y presentar el aviso dentro de los 5 dias dias siguientes.
UN FAVOR
Alguien tendrá el RX el cuestionario y listado en formato editable?
gracias.
cj
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cjlopezasesoria
Mayor
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