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23/Dic/06 17:44
Obligación de cálculo anual!!

Estoy en 2006, tengo trabajadores que tienen ingresos entre 300mil y 400mil pesos de ingresos anuales.

Con la reforma fiscal aprobada, ahora el tope para realizar cálculo anual (patron) y presentar declaración anual (trabajador), el importe es 400mil pesos.

¿que sucede con los trabajadores que en 2006 tuvieron ingresos menores a 400mil pesos presentan o no declaración anual???
 
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Teniente Coronel

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24/Dic/06 11:42

Para la anual del 2006, aplica el tope de $300, mil.

La ley entra en vigor el 01-ene-07.

No puede tener efecto retroactivo.

Mas comentarios, opiniones?
 
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vabdo
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27/Dic/06 15:13

Espero que lleguen mas comentarios por favor.
 
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27/Dic/06 16:29
Re: Obligación de cálculo anual!!

Opino lo mismo, $300,000 para 2006 y apartir de 2007 $400,000

Ya que, la reforma es para 2007, ya que si no, es como pensar que en 2005 tambien serian $400,000
 
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BR1
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27/Dic/06 16:33
Re: Obligación de cálculo anual!!

QUE OPINAN DE ESTO:



Miércoles 27 de diciembre de 2006DIARIO OFICIAL (Cuarta Sección) 50

ARTÍCULO QUINTO. En relación con las modificaciones a que se refiere el Artículo Tercero de este Decreto, se estará a lo siguiente:
------
V. Lo dispuesto en los artículos 116, último párrafo, inciso b), 117, fracción III, inciso e) y 175, segundo párrafo de la Ley de Impuesto sobre la Renta, también será aplicable para la presentación de las declaraciones anuales correspondientes al ejercicio fiscal de 2006.

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lcruizuscanga
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27/Dic/06 16:39
Re: Obligación de cálculo anual!!

QUE OPINAN DE ESTO:



Miércoles 27 de diciembre de 2006DIARIO OFICIAL (Cuarta Sección) 50

ARTÍCULO QUINTO. En relación con las modificaciones a que se refiere el Artículo Tercero de este Decreto, se estará a lo siguiente:
------
V. Lo dispuesto en los artículos 116, último párrafo, inciso b), 117, fracción III, inciso e) y 175, segundo párrafo de la Ley de Impuesto sobre la Renta, también será aplicable para la presentación de las declaraciones anuales correspondientes al ejercicio fiscal de 2006.

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lcruizuscanga
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27/Dic/06 17:10
Re: Obligación de cálculo anual!!

jajaja.......solo por no leer
 
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BR1
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27/Dic/06 21:17
Re: Obligación de cálculo anual!!

Hola, buenas tardes

Pues si lei, y segun el primero transitorio, el decreto entrara en vigor a partir del 1 de enero de 2007, por lo que yo considere, corrijanme si me equivoco, que no aplica para aquellos que hicieron el calculo en 2006, y aplica el criterio de mayores de 300,000. En mi caso yo elabore mi calculo anual el 27 de diciembre y aplique los saldos a favor o encontra en ultima nomina del diciembre del 2006, que pagare el día de mañana.... estoy en lo correcto?

Saludillos :O)
 
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ROSRZ
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28/Dic/06 8:36
Re: Obligación de cálculo anual!!

Entonces como quedamos? porque segun lo que publica fiscalia aplica a partir de presentacion del ejercicio 2006...

[color=black]4.8. OBLIGACIÓN DE TRABAJADORES DE PRESENTAR DECLARACIÓN ANUAL
Artículos 116, 117 y 175 y Quinto Decretorio
Se eleva de $300,000 a $400,000 el límite de ingresos por el que los asalariados están obligados a presentar su declaración anual.
Lo anterior también será aplicable para la presentación de las declaraciones anuales correspondientes al ejercicio fiscal de 2006, que se presentan en abril de 2007. [/color:7162b23261]
 
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TEGG360101KC4
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28/Dic/06 9:18
Re: Obligación de cálculo anual!!

Confirmando lo que dice lcruizuscanga, en transitorios se está dando efecto retroactivo para 2006 en cuanto a que el limite maximo para calcular impuesto anual es de 400,000.
 
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Gi1berto
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