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20/Dic/06 10:24

Precisamente al quitar la obligacion, de señalar el domicilio, podra la autoridad considerar inclusive, el domicilio personal, como domicilio fiscal.

Esto es como lo entiendo.
 
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vabdo
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20/Dic/06 10:28

[quote:297e9f0c8a="vabdo"]Precisamente al quitar la obligacion, de señalar el domicilio, podra la autoridad considerar inclusive, el domicilio personal, como domicilio fiscal.

Esto es como lo entiendo.[/quote:297e9f0c8a]

y tratandose de personas morales???

Entonces puedo concluir que si las facturas de mis gastos no tienen mi domicilio son deducibles???
 
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DCT1979
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20/Dic/06 10:49

Es ahi el meollo, no especifican PF o PM.

Considero que si seria deducible

Una cosa nos confirma el CF: "el señalar el domicilio"
 
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vabdo
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20/Dic/06 10:56
Re: Dom. fiscal de quien adquiere los bienes o serv. Requisi

El CFF dice que hay que señalar el domicilio de quien expide, pero no dice que el domicilio de quien adquiere...
 
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DCT1979
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20/Dic/06 11:24

Asi es, por eso considero, que si seria deducible.

Ahora, en lo respecta, a una recomendacion personal, es no omitir ningun dato, al facturar, inclusive señalar hasta el codigo postal.
 
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vabdo
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20/Dic/06 13:21
Re: Dom. fiscal de quien adquiere los bienes o serv. Requisi

DCT1979, Efectivamente, tienes razon, no existe ahora disposicion alguna que señale como requisito el domicilio de quien adquiere, por lo que si te pretenden rechazar una deduccion, autoridades o dictaminadores, que sea a partir de 2006, aduciendo la falta de ese requisito no lo podrian fundamentar, aunque pudieramos suponer que ese es un requsito indispensable al momento de la facturacion y para las informativas, etc., definitivamente hacia donde va encaminada tu aportacion creo que es acertada e importante ya que a veces las autoridades en las revisiones no encuentran nada y se van por ese lado y muchas veces el domicilio va equivocado o carece de algun dato, lo que ahora no podrian hacer valer para rechazar esas deducciones..... y en mi opinion es el mismo caso ya sea PF o PM......
 
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rubenben
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20/Dic/06 13:32
Re: Dom. fiscal de quien adquiere los bienes o serv. Requisi

Gracias por su aportacion contador, supongo que es con quien tome el modulo de codigo fiscal en UAMCAV :evil:
 
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DCT1979
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20/Dic/06 13:42
Re: Dom. fiscal de quien adquiere los bienes o serv. Requisi

DCT1979, ??????? no entendí, pero en fin, espero esten de acuerdo con mi comentario........
 
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rubenben
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20/Dic/06 15:12
Re: Dom. fiscal de quien adquiere los bienes o serv. Requisi

Pense que era catedratico de posgrado en UAMCAV...

Creo que me confundi por el nombre de usuario.. :twisted:
 
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DCT1979
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21/Dic/06 2:14
Re: Dom. fiscal de quien adquiere los bienes o serv. Requisi

CODIGO FISCAL DE LA FEDERACION




[Artículo 29]

Para poder deducir o acreditar fiscalmente con base en los comprobantes a que se refiere el párrafo anterior, quien los utilice deberá cerciorarse de que el nombre, denominación o razón social y clave del Registro Federal de Contribuyentes de quien aparece en los mismos son los correctos, así como verificar que el comprobante contiene los datos previstos en el artículo 29-A de este Código.



Por supuesto que no se menciona la forma en que se debe de cerciorar
 
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