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27/Oct/06 15:18
Ddeduccion de terrenos

Estimados,

Me podrian ayudar con un asunto que no le encuentro por donde.

Es una inmobiliaria que va acomprar terrenos para desarrollar centros comerciales y rentarlos (no venderlos), y por esa razon no le aplica el estimulo establecido en el art 225 de la Ley del ISR.

Entonces queria ver que opciones me dan ustedes. Estaba leyendo el art. 27 del Reglamento de la LISR que si permite su deduccion si se desarrolla el terreno y aunque no lo venda, pero me dice que "para los efectos del 29 fraccion II segundo parrafo de la ley" y como sabran dicha fraccion fue reformada.

Como ven que puedo hacer??

Saludos a todos.
 
DS
 
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CERVANTES-QUIJANO
Capitán Primero

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27/Oct/06 15:58
Re: Ddeduccion de terrenos

Seria exactamente lo mismo ¿no?, es decir el 225 y el art que mencionas del reglamento (el 27) solo que se les olvido derogar el 27 RISR........ ya que en 2004 LISR llegaba hasta el Art. 224, apartir del 2005 se incluye el 225 y sale sobrando el 27 (cantinflié)
 
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BR1
Coronel

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27/Oct/06 16:58
Re: Ddeduccion de terrenos

ojo el 225 aplica a desarrollos INMOBILIARIOS
 
cj
 
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cjlopezasesoria
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27/Oct/06 17:56

Estimados no les entendi.

BR1, tu opinion es que no me aplica el 27 del Reglamento?

Lopezasesoria, Es una desarrolladora de inmuebles, me aplica o no??
 
DS
 
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CERVANTES-QUIJANO
Capitán Primero

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27/Oct/06 18:03
Re: Ddeduccion de terrenos

El terreno no lo puedes deducir por que no lo vas a vender sino que vas a construir en el para despues rentarlo, por lo que no te aplica el 225. Tampoco lo puedes depreciar por que el terreno no se deprecia.

Lo único que puedes hacer si quiere deducir el terreno es una operación de usufructo.

Una Compañía compra la nuda propiedad del terreno y la otra su usufructo. Y el Ususfructo lo puedes ir amortizando como un cargo diferido. Lo qu estoy proponiendo es desmembrar la propiedad del terno en dos Nuda propiedad y usufructo.

Saludos
 
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eyma_1
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27/Oct/06 18:16
Re: Deduccion de terrenos

Mi opinion es que el 27 ya no tiene razon de ser (no tiene a que aplicarse) y aparece en su lugar el 225 (como acto de magia jeje..)

Asi lo entiendo...

O ¿Qué diferencia habria entre uno y otro?

NOTA: 225 desarrollos inmobiliarios para su venta.
 
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BR1
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27/Oct/06 18:25

Muy interesante tu planteamiento.

Dejame lo analizo un rato y respondo.

Gracias
 
DS
 
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CERVANTES-QUIJANO
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27/Oct/06 19:44

Disculpen que meta mi cuchara, Este topico me resulto muy interesante y estaba siguiendo todos los comentarios

Pero me interesa, el comentario de eyma, por ser una planeacion fiscal, muy interesante.

La duda que me surgio eyma, es: porque o como se puede deducir los terrenos?
 
LA PREPOTENCIA TE HACE FUERTE UN DIA.......LA HUMILDAD PARA SIEMPRE.
 
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vabdo
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27/Oct/06 21:01
Re: Ddeduccion de terrenos

JAJAJA era para ratificar el topico....es broma me resbale..

SE permite la deduccion como estimulo fiscal por lo sig.

HISTORIA
al ser un terreno destinado a construccion y venta, se supone que ese terreno formara parte de un activo fijo, y el valor del terreno se va costo cuando se venda.

en un afan de fomentar la inversion, los legisladores dicen, es estimulo fiscal la deduccion anticipada de esos terrenos y zas se crea el 225.

Por que deducción anticipada? por que al find e cuentas cuando se venda sería parte del costo.......


AHORA en el supuesto de quijano no aplica la deduccion, por la simple razon de que a no venderse ese activo, no sera deduccion via costo (por que no habrá venta).

ademas es requisito que en la escritura del terreno diga ¨cumple con tal y cual fundamento blablabla y será destinado a desarrollo inmobiliario y se vendera ...ojo por cada año que pase y no se venda debera acumular el 3% de lo deducido asi que les pregunto...


Ahora cual es el fin del topico?
a) deducir para bajar la carga impositiva o generar perdida a corto plazo yluego acumualar 3% anual (asi se financia) o,
b)aprovechar una deducción y no acumualar nada

reitero, es requisito que coste en la escritura lo que comente si no no es deduccion inmediata


pd sin acentos por la premura bye.
 
cj
 
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cjlopezasesoria
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27/Oct/06 21:34
Re: Ddeduccion de terrenos

Mesmamente, es lo que opino yo (me agarre el vigotote de zapata que traigo, por esa frase de "mesmamente")...


Lo que plasmo eyma, suena interesante, pero no he menejado esa figura (en pocas palabras lo legal y manejo de figuras de ese tipo nunca las he analizado...ocupo abogado para que me instruya)....¿pega?
 
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BR1
Coronel

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