10/Oct/06 13:34
Cuando cesan las obligaciones de pagar las cuotas
Estimados amigos y colegas,
Les tengo una pregunta ojala me puedan ayudar.
Si un trabajador se incapacita ya sea de forma permanente parcial o permanente total, cuando cesa mi obligacion como patron de enterar las cuotas??
Gracias a todos.
Saludos
DS
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CERVANTES-QUIJANO
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10/Oct/06 17:50
Re: Cuando cesan las obligaciones de pagar las cuotas
HOLA CERVANTES-QUIJANO
NO ESTOY MUY SEGURO DE ESTO PERO TU OBLIGACION DE PAGAR LAS CUOTAS CESAN O DEJAS DE PAGARLA CUANDO EL IMSS DETERMINA POR UNO DE SUS MEDICOS (CLINICA QUE LE CORRESPONDE AL TRABAJADOR) Y ESTE DETERMINA QUE ES UNA INCAPACIDAD PERMANENTE PARCIAL O TOTAL, ENTONCES LE TIENEN QUE DAR UNA CARTA AL TRABAJADOR EN DONDE EXPLICA O DETERMINAN LA INCAPACIDAD PARCIAL O TOTAL, UN EJEMPLO DE ESTO ES UNA INCAPACIDAD POR RIESGO DE TRABAJO POR DECIR ASI QUE SE ACCIDENTO LA MANO POR UNA CORTADA LA CUAL OCUPO QUE LE COSIERAN AHI TENDRIA UNA INCAPACIDAD PARCIAL QUE SERIA UNA INCAPACIDAD DE UNOS 20 DIAS, AHORA BIEN QUE PASA SI PIERDE LA MANO AHI ES UNA INCAPACIDAD TOTAL, Y DEPENDIENDO DE LO QUE PIERDAS VA A SER LO QUE PAGAS O DEJES DE PAGAR AL SEGURO, PERO LOI PRIMERO QUE TIENES QUE HACER ES PROCURAR EL PAPEL DEL IMSS EN DONDE TE DICE QUE TIPO DE INCAPACIDAD ES LA QUE LE CORRESPONDE Y CUANTOS DIAS SON LOS QUE LES CORRESPONDEN DE INCAPACIDAD
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david_sanchez
Cabo
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11/Oct/06 10:35
En forma sencilla pero asi es, como lo explico david_sanchez.
La carta, es el dictamen del IMSS, donde dictamina, los hechos, por los cuales el patron procede a darlo de baja.
LA PREPOTENCIA TE HACE FUERTE UN DIA.......LA HUMILDAD PARA SIEMPRE.
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vabdo
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11/Oct/06 10:48
a ok, entonces cuando me notifique el IMSS la certificacion de la incapacidad permanente, entonces ahi puedo dejar de pagar??
Gracias por sus comentarios.
DS
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CERVANTES-QUIJANO
Capitán Primero
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11/Oct/06 11:21
Asi es, el IMSS, tiene que emitir el dictamen final
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vabdo
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11/Oct/06 11:28
Gracias Vabdo, tendras el fundamento para presentarlo a RH.
Saludos
DS
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CERVANTES-QUIJANO
Capitán Primero
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13/Oct/06 10:34
[quote:70621b4150="CERVANTES-QUIJANO"]Gracias Vabdo, tendras el fundamento para presentarlo a RH.
Saludos[/quote:70621b4150]Mas tarde te la envio, la estoy buscando.
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vabdo
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13/Oct/06 15:58
Aqui tengo la informacion:
El IMSS emite el dictamen en la forma ST-3, y el funamento que anota es ART.514 fracc.302 LFT
Y sigue mencionando: "de conformidad con lo dispuesto en el ART.50 de la Ley del Seguro Social"
Y esta informacion la envian a la empresa.
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vabdo
General de Brigada
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14/Oct/06 22:53
Re: Cuando cesan las obligaciones de pagar las cuotas
Compañero Cervantes: Cuando un trabajador sufre una incapacidad parcial permanente el IMSS nunca le va a decir que debe darlo de baja, simplemente le marca el procentaje de IPP que corresponda a traves del los Servisios de Salud en el Trabajo, y el patrón decide bajo su riesgo si el trabajador puede o no seguir trabajando en su categotía, y en caso de esto último debera dar la baja con apoyo en lo dispuesto por el artículo 53 fracción IV de la Ley Fed. del Trabajo. Sin la Baja al trabajador no puede liberarse de pagar cuotas al IMSS. Desde luego hay que tener cuidado en esta decisión pues si el trabajador no está de acuerdo, en caso de juicio el patrón tendrá que probar que la incapacidad imposibilita al trabajador para laborar, mediante una prueba pericial medica. Si la Incapacidad es total y permanente, que no son frecuente, no hay nungún problema por la definición que la Ley da a este tipo de incapacidades. La baja del trabajador no admite discusión.
Saludos JPGR
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jpgr
Sargento Segundo
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15/Oct/06 13:08
Re: Cuando cesan las obligaciones de pagar las cuotas
A la pregunta primigenia, vid. e interprete artículos 598 y 599 LFT.
Saludos cordiales,
Lic. Francisco Vázquez García
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FcoVG
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