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04/Sep/06 1:19
Indemnización laboral ¿excluye Capital Constituivo?

Apreciables foristas, tengo el caso siguiente:

Lamentablemente un trabajador falleció el día 04 de agosto de 2006, a consecuencia de un riesgo de trabajo, no estaba asegurado. Como es sabido los artículos 486, 487, 500 y 502 de la Ley Federal del Trabajo, establecen un tipo de indemnización laboral, para el caso que nos ocupa. Así también resulta aplicable el contenido del artículo 78 de la Ley del Seguro Social. En este caso, el patrón se ha acercado a ofrecerles la indemnización que, en término de la ley laboral les corresponde a los familiares del trabajador; sin embargo éstos tienen la duda siguiente: Si aceptan la indemnización de carácter laboral (Artículos 486, 500 y 502 de la Ley Federal del Trabajo) ¿ello les impide que después soliciten las pensiones de viudez y orfandad a que tiene derecho, según el artículo 64 de la Ley del Seguro Social? Por favor nos fundamentan la tesis o jurisprudencia de su respuesta. Ya tengo ya unas tesis pero deseo saber si alguien tiene algo más.

De la misma manera agradeceré si me orientan en la existencia sobre si ya se trató este tema con algún otro tópico.

Saludos cordiales,

Lic. Francisco Vázquez García
 
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04/Sep/06 20:43
Re: Indemnización laboral ¿excluye Capital Constituivo?

:o Buenas noches. Los beneficiarios legales tiene todo el derecho de solicitar al imss, la prestacion de viudez u orfandad que corresponda, ya que eso no está supeditado al aseguramiento del fallecido con el último patrón. Es decir, en términos generales, para el otorgamiento de una prestación, el imss toma en cuenta... (click flecha) :arrow:

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pepesoto
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05/Sep/06 6:52
Re: Indemnización laboral ¿excluye Capital Constituivo?

Saludos Lic. Pepe Soto, entonces a su juicio, si aceptan la indemnización por la vía laboral, ello no los impide que después ya no puedan reclamar el pago de las pensiones?

Ojo, existe un antecedente (tesis) sobre esto.

Lic. Francisco Vázquez García
 
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05/Sep/06 9:46
Re: Indemnización laboral ¿excluye Capital Constituivo?

[quote:6322431c34="FcoVG"]...no estaba asegurado...[/quote:6322431c34]
Esto es un dato Importante
 
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ByPaco
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05/Sep/06 11:50
Re: Indemnización laboral ¿excluye Capital Constituivo?

Saludos ByPaco pero su comentario no aporta nada.

Lic. Francisco Vázquez García
 
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05/Sep/06 21:06
Re: Indemnización laboral ¿excluye Capital Constituivo?

[quote:4905c0f0f2="FcoVG"]...si aceptan la indemnización por la vía laboral, ello no los impide que después ya no puedan reclamar el pago de las pensiones?...[/quote:4905c0f0f2]
:| Buenas noches. A reserva de poder tener acceso a la tesis de referencia, si los beneficiarios aceptan la indemnización laboral ya que el trabajador no estaba asegurado con el último patrón, ello no los priva de aprovechar los beneficios de alguna pensión ya que el trabajador en tiempos y con patrones anteriores, pudo acumular semanas cotizadas que permitan el goce de las prestaciones a las que me refiero.

Saludetes,
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pepesoto
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05/Sep/06 21:10
Re: Indemnización laboral ¿excluye Capital Constituivo?

[quote:dde0eb3180="FcoVG"]...si aceptan la indemnización por la vía laboral, ello no los impide que después ya no puedan reclamar el pago de las pensiones?...[/quote:dde0eb3180]
:| Buenas noches. A reserva de poder tener acceso a la tesis de referencia, si los beneficiarios aceptan la indemnización laboral ya que el trabajador no estaba asegurado con el último patrón, ello no los priva de aprovechar los beneficios de alguna pensión ya que el trabajador en tiempos y con patrones anteriores, pudo acumular semanas cotizadas que permitan el goce de las prestaciones a las que me refiero.

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05/Sep/06 21:11
Re: Indemnización laboral ¿excluye Capital Constituivo?

[quote:c0b05c7d1b="FcoVG"]...si aceptan la indemnización por la vía laboral, ello no los impide que después ya no puedan reclamar el pago de las pensiones?...[/quote:c0b05c7d1b]
:| Buenas noches. A reserva de poder tener acceso a la tesis de referencia, si los beneficiarios aceptan la indemnización laboral ya que el trabajador no estaba asegurado con el último patrón, ello no los priva de aprovechar los beneficios de alguna pensión ya que el trabajador en tiempos y con patrones anteriores, pudo acumular semanas cotizadas que permitan el goce de las prestaciones a las que me refiero.

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06/Sep/06 7:05
Re: Indemnización laboral ¿excluye Capital Constituivo?

Apreciable pepesoto:

Toda vez que esto se ha convertido un diálogo, pues no se han recibido otros comentarios que aporten al fondo, me permito referir lo siguiente:

Primero, ahí le van datos, el primero es un CRITERIO que tiene como rubro: CAPITAL CONSTITUTIVO.- SU IMPROCEDENCIA CUANDO EL PATRÓN CELEBRÓ CONVENIO DE TERMINACIÓN DE RELACIÓN LABORAL PAGO DE INDEMNIZACIONES CONFORME A LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO.

Segundo.- Tengo una tesis (no es coincidente con el CRITERIO) sobre el tema que nos ocupa.

Tercero.- Desde luego que el tema que nos ocupa son los beneficios del seguro de Riesgos de Trabajo y no los de cualquier otro seguro.

¿Cuále es entonces su amable conclusión?

Saludos cordiales,

Lic. Francisco Vázquez García
 
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06/Sep/06 20:20
Re: Indemnización laboral ¿excluye Capital Constituivo?

:| Buenas noches Lic. Francisco.

Me gustaria darle una leida al criterio del punto 1. Y por supuesto que tambien a la tesis del punto 2. En cuanto al punto 3, veo que la intencion es aprovechar los beneficios del seguro de RT por la mayor cuantía de la pensión... es comprensible. Ahi ya cambia la cosa. Está interesante el asunto.

Sigamos charlando....

El Lic.
 
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pepesoto
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