Tengo el siguiente caso: una empresa minera contrata a los trabajadores por periodos de 6 semanas, laborando los domingos por la dificultad de llegar al lugar de trabajo (mina) y aprovechar ese tiempo de traslado, para compensar que laboran esos dias se les da una semana de descanso con goce de sueldo, es decir, solo trabajan 5 semanas.
Mis dudas son:
1.- Al terminar el contrato de los trabajadores tenemos que darles algo por concepto de liquidacion?
2.- El contrato es suficiente para protegernos en caso de ya no recontratarlos?
:( Buenas noches. La eventualidad no la determina la temporalidad sino el por qué contrata al trabajador, es decir, la esencia del trabajo. Ojo y cuidado con esos contratos...... PD. Al final de ellos debe finiquitarlos con sus proporcionales (vac, prima vac y aguinaldo), y eso no garantiza que un trabajador quiera ejercer algún derecho posterior.-
El Lic.
=8/
¿Por qué sonries? piensa que hay un extraño atrás de tu puerta, sonriendo tambien... www.ppsotoasesor.com