21/Ago/06 20:17
Aqui te dejo esta pregunta frecuente del SAT
Declaraciones con Información Estadística
2.- ¿Es suficiente con la presentación de la primera declaración informativa de razones por las cuales no se realiza el pago, (avisos en cero), para estar liberado de presentar las siguientes declaraciones en ceros?
La disposición es aplicable para personas físicas, por el pago de sus obligaciones fiscales, a excepción de aquellas contribuciones que se consideren como pagos definitivos, cuando hayan presentado en tiempo y forma la primera declaración con información estadística (ceros) y siempre que los motivos para su presentación no varíen.
Tratándose de los pagos mensuales de IVA, deben presentarse todas las declaraciones informativas de razones por las cuales no se realiza el pago (avisos en cero), lo anterior aún cuando los motivos para su presentación no varíen.
Fundamento legal: Regla 2.14.2 último párrafo y 2.15.2 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2006 publicada en el Diario Oficial de la Federación el 28 de abril de 2006.
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