Buenas tardes: quisiera que me dijeran a cuanto asciende la multa o que tengo que hacer por lo siguiente: Hice un movimiento de Baja de un trabajador a traves del IDSE, le habia puesto fecha 28 de abril, ahora que descargo el archivo de "procesado" me doy cuenta que se cambió la fecha a 01 de abril como fecha del movimiento, esto porque al poner el 28 esta bien y al cambio de mes (abril) me cambia a dia 01, no me fije en su momento y asi lo mande, lo que quiero saber es ¿se puede corregir el movimiento a 28 de abril? y ¿de cuanto es la multa por mandar avisos extemporaneos?
:| Buenas noches. Por bajas extemporáneas NO hay multa. Si la fecha es el 28 abril, intente enviar hoy mismo la baja correcta ya que estamos en tiempo. El 2o aviso anula el primero... ¡Apúrele...!
El Lic.
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¿Por qué sonries? piensa que hay un extraño atrás de tu puerta, sonriendo tambien... www.ppsotoasesor.com
si la fecha de baja que capturaste es superior a mas de 5 dias hábiles anteriores a la fecha en que fue enviada, el sistema tomara como fecha del movimiento el dia de envío, pues para efectos de bajas o modificaciones de salario a la baja son en perjuicio del imss, sin embargo los movimientos que si son en beneficio de sus arcas +$$$ si los acepta hasta con fechas superiores a un mes
Muchas gracias por sus comentarios, ya lo volví a mandar hoy sabado 6 de mayo, ya con la fecha correcta de la baja 28 de abril.
Si me menda multa el IMSS ya se los hare saber para preguntar que tendre que hacer con la multa, otra vez muchas gracias.
ya tengo procesado el envio que mande el sábado y me fue contestado como "ERROR" trabajador dado de baja anteriormente con el mismo patron," ahora voy a esperar que sucede,¿algun comentario? ¿de cuanto sera la multa? de antemano gracias por sus comentarios
:| Buenas noches. Por bajas extempráneas NO hay multas. Lo que le recomiendo hacer es elaborar un escrito y acudir a la oficina de afiliacion con el aviso correcto... pero.... ya cerraron.... va a tener que hacer el aviso con fecha 01 mayo.... y en el sua ponerle una faltas el 29 y 30 abril y 01 mayo, para pagar menos cuotas y que no le salga tan caro...
Se me hace extraño que el Idse no lo hayan habilitado para aceptar este tipo de movimientos, porque se sobreentiende que el patrón está aceptando un error al enviar nuevamente un aviso de baja con fecha posterior... insisto: habrá que acudir a afiliación...
El Lic.
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