Me han dicho que no puedo meter 2 facturas de $1,500.00 en un periodo de un 15 diás , de un mismo proveedor, ya que rebasaria el monto de $2,000.00 y esto se tendria que pagar con cheque. Esto lo marca la resolucion miscenania del 2005, ¿Pero cúal es esa regla?.
[quote:da7dbbfc79="shumager"]Me han dicho que no puedo meter 2 facturas de $1,500.00 en un periodo de un 15 diás , de un mismo proveedor, ya que rebasaria el monto de $2,000.00 y esto se tendria que pagar con cheque. Esto lo marca la resolucion miscenania del 2005, ¿Pero cúal es esa regla?.[/quote:da7dbbfc79]
La obligación de poder deducir pagos que excedan el monto de los $2,000.00 se encuentra establecida en el Art. 31 Fracc. III de la LISR.
'Todos somos iguales ante la Ley, pero no ante los encargados de aplicarla'
http://groups.msn.com/AportacionesFiscales/home.htm
SALUDOS
Anteriormente existía una disposición que mencionaba que los pagos a un mismo proveedor efectuados durante un mes de calendario se debían considerar de forma acumulada para ver si se caía en el supuesto normativo que en aquél entonces obligaba a efectuar pagos con cheque nominativo.
Desafortunadamente no recuerdo con precisión al disposición donde esto se mencionaba, pero sí recuerdo que dicha disposición ya no ha sido incluida en las vigente hoy en día.
Por lo anterior, en la actualidad no es requisito el acumular los pagos a un mismo proveedor en un mes para saber si se tiene la obligación de efectuar los pagos con cheque o los otros medios de pago indicados en la ley.