Foros


Inicio » Seguridad Social

Página: 1 2

Mensaje Autor

Arriba
23/Sep/05 20:36
Re: BAJA DE EMPLEADO ANTE EL IMSS

:| La fecha de baja imss será la fecha de alta médica. Lo laboral no tiene nada que ver. Habrá un cierto costo (x algunas de las cuotas), ni modo. Salut, El Lic.
 
=8/ ¿Por qué sonries? piensa que hay un extraño atrás de tu puerta, sonriendo tambien... www.ppsotoasesor.com
 
Perfil

pepesoto
General de Brigada

Mensajes: 7729
Ingresó: Mayo 18, 2004
Ubicación:

Conectado

Agregar como amigo

Arriba
24/Sep/05 19:34

Es cierto lo que dice pepesoto de que lo laboral es autónomo al imss, solo que si las partes (empleado-patrón) convienben en dar por terminada la relación de trabajo, en términos de la Fracción I del art. 53 de la LFT, nada impide que esté vigente incapacidad médica del imss, por lo que puede legalmente hacerse, además de ser lo conveniente.

Sabemos que el imss no opera avisos de baja estando el trabajador incapacitado, pero yo opino que presentes el aviso de baja por el medio que estés utilizando al respecto, el imss lo rechazará, luego por escrito libre le comunicas que dicho trabajador ya no labora con la empresa tal, incluso le acompañas copia fotostática certificada del convenio y será ya responsabilidad del imss si le sigue pagando las incapacidades.

No te olvides de la ST-1.
 
Perfil

ixhidalgo
Sargento Primero

Mensajes: 125
Ingresó: Octubre 15, 2004
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
26/Sep/05 7:10

[quote:b1b5833c8c="ixhidalgo"]Es cierto lo que dice pepesoto de que lo laboral es autónomo al imss, solo que si las partes (empleado-patrón) convienben en dar por terminada la relación de trabajo, en términos de la Fracción I del art. 53 de la LFT, nada impide que esté vigente incapacidad médica del imss, por lo que puede legalmente hacerse, además de ser lo conveniente.

Sabemos que el imss no opera avisos de baja estando el trabajador incapacitado, pero yo opino que presentes el aviso de baja por el medio que estés utilizando al respecto, el imss lo rechazará, luego por escrito libre le comunicas que dicho trabajador ya no labora con la empresa tal, incluso le acompañas copia fotostática certificada del convenio y será ya responsabilidad del imss si le sigue pagando las incapacidades.

No te olvides de la ST-1.[/quote:b1b5833c8c]

Tendrás algún caso similar y que nos comentes que ha pasado ya que desde mi punto de vista esto último que comentas me parece no dentro de la ley del IMSS.

Por lo que respecta a la fecha de baja, estamos de acuerdo que será la de la ST-2. Aunque en lo laboral me quedan mis dudas.

Saludos.......
 
Joel.
 
Perfil

JOELMORA
Teniente

Mensajes: 235
Ingresó: Mayo 26, 2004
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo


Página: 1 2