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21/Sep/05 13:39
Re: ¿ COMO LO HAGO DEDUCIBLE ?

en mi opinion no es deducible ni mediante el endoso no contrato de comodato, con estos tramites lo unico que se demuestra es la propiedad o el uso del activo en la actividad del contribuyente.
Pero insisto en que no reune requisitos fiscales el comprobante por lo tanto no se puede deducir para isr ni acreditar para iva.
No existe fundamento en ISR o en CFF para que mediante el endoso puedas deducir el activo. saludos :evil:
 
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edgarivanp
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21/Sep/05 14:09
Re: ¿ COMO LO HAGO DEDUCIBLE ?

Que tal compañeros, si no mal recuerdo existe criterio jurisprudencial que mediante el comodato se podrá realizar la deducción de inversiones respecto a activos fijos que se hayan otorgado mediante esta figura.

Dejenme lo checo y se los paso, creo que es del TFJFA.

Saludos!
 
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Abogado
Capitán Segundo

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21/Sep/05 14:16
Re: ¿ COMO LO HAGO DEDUCIBLE ?

Concejo


Si no ha pasado ni un mes..... entonces ve y corre a dar de alta a la esposa en Act. Empresarial. y que te haga una factura por el mismo importe de los vehiculos.............


Esa es la unica forma de hacer deducible el vehiculo y Acreditar el IVA y Luego la das en suspencion de actividades.

Si nadamas la quieres hacer deducible entonces...... solo que la endose.... y que el contribuyente se lo pague con cheque nominativo y ya.... pero como dicen todos el IVA lo perderias...


Saludos
 
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EduardoOchoa
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