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12/Sep/05 11:14
Re: ¿Multa sin requerimiento?

[quote:4fec157602="Roberto"]Hola a todos:

A mi me sucedió algo parecido. Me dejaron citatorio para el dia siguiente notificarme una multa por unas cuotas no pagadas. Hize el pago inmediatamente d etal manera que al dia siguiente que se me notificó dicha multa, la exhibi al notificador indicandole que la notificación ya era improcedente. El de todas maneras procedió a notificar la multa por lo que procedí a elaborar un escrito aclaratorio dentro de los cinco dias siguientes y lo presente a la oficina de ocbro del Imss. El escrito me fue rechazado aduciendo que el pago ya no era espontaneo porque ya existia un citatorio. Nadie de la Subdelegación, ni siquiera el Subdelegado atendieron mi petición. Me dijeron que ellos no son abogados que en todo caso lo atendiera por la via juridica.

El dia de hoy estoy presentando demanda de nulidad, pero se queda uno con un mal sabor de boca al comprobar que para los funcionarios del Imss de esta Subdelegación no existe el estado de Derecho. Simple y sencillamente no hacen caso a los articulos de la Ley del Imss y sus reglamentos que son favorables para el patrón. Ellos saben que la mayoria de las personas no se defenderan y los que acudan a aclarar el punto a sus oficinas pues simple y sencillamente lo mandan por un tubo.

Me pregunto ¿ No existe un castigo para estos malos funcionarios que no acatan la Ley?? ¿¿¿ De que manera se puede denunciar este tipo de actos y ante quien?? ¿¿ Porqué razón en los puestos claves no se colocan a personas que conozcan al menos las disposiciones legales acordes a el puesto que desempeñan?? ¿¿¿O acaso se trata de cobrar a toda costa contanto con la complicidad de los altos funcionarios del Imss??

¿¿¿ A que se atienen estas personas???? ¿¿¿Pueden seguir pisoteandonos sin que exista mas remedio que "apechugar"???

Espero sus comentarios.[/quote:4fec157602]


A las 9 de hoy ya pague ya tengo mi multa, voy a proceder a realizar mi escrito, pero de rechazarmelo me puedes contar como es eso de la demanda de nulidad... gracias mil. :wink:
 
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GRACEFISCAL
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12/Sep/05 12:33

DE ACUERDO CON LA CONSTITUCION POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS TODOS LOS SERVIDORES PUBLICOS QUE NO LE DEN SEGUIMIENTO A UN APETICION EN CUALQUIERA DE SUS FORMAS, SON ACREDORES A SANCIONES ECONOMICAS O EN SU CASO A LA DESTITUCION DE SUS CARGOS, POR VIOLAR LAS GARANTIAS INDIVIDUALES QUE ESTA NOS CONSEDE, ASI QUE SI NO TE LA RECIBEN, DILES QUE IRAS CON UN NOTARIO PUBLICO PARA QUE DE FE DEL ACTO Y CON ESTO INICIAR UNA DEMANDA EN SU CONTRA POR NO ATENDER UN ACTO EL CUAL VIO TUS GARANTIAS, ESO LO VI EN CURSO Y AUN Y CUANDO NO HE TENIDO QUE HACER USO DE ESTE RECURSO, PIENSO QUE SUENA LOGICO, ASI QUE DE SER NECESARIO HAZLO, TE COSTARA UN POCO MAS DE DINERO, PERO TE ASEGURO QUE NO SOLO GANARAS, SINO QUE TE GANARAS EL RESPETO DE ESOS FUNCIONARIOS HIJOS DE SU MADRE QUE SOLO QUIEREN SACAR DINERO, SIN IMPORTARLES LA LEY Y SU CORRECTA APLICACION

SALUDOS
 
ROSARIO COTO TEL. 57 26 56 00 EXT. 55 92 rcoto@kaltex.com.mx jimycoto@latinmail.com
 
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COTO
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12/Sep/05 12:34

DE ACUERDO CON LA CONSTITUCION POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS TODOS LOS SERVIDORES PUBLICOS QUE NO LE DEN SEGUIMIENTO A UN APETICION EN CUALQUIERA DE SUS FORMAS, SON ACREDORES A SANCIONES ECONOMICAS O EN SU CASO A LA DESTITUCION DE SUS CARGOS, POR VIOLAR LAS GARANTIAS INDIVIDUALES QUE ESTA NOS CONSEDE, ASI QUE SI NO TE LA RECIBEN, DILES QUE IRAS CON UN NOTARIO PUBLICO PARA QUE DE FE DEL ACTO Y CON ESTO INICIAR UNA DEMANDA EN SU CONTRA POR NO ATENDER UN ACTO EL CUAL VIO TUS GARANTIAS, ESO LO VI EN CURSO Y AUN Y CUANDO NO HE TENIDO QUE HACER USO DE ESTE RECURSO, PIENSO QUE SUENA LOGICO, ASI QUE DE SER NECESARIO HAZLO, TE COSTARA UN POCO MAS DE DINERO, PERO TE ASEGURO QUE NO SOLO GANARAS, SINO QUE TE GANARAS EL RESPETO DE ESOS FUNCIONARIOS HIJOS DE SU MADRE QUE SOLO QUIEREN SACAR DINERO, SIN IMPORTARLES LA LEY Y SU CORRECTA APLICACION

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COTO
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13/Sep/05 14:48
Re: ¿Multa sin requerimiento?

GRACEFISCAL

Por supuesto que te puedo proporcionar esa informaciòn. Te agradecerè me contactes al mail castell3@hotmail.com para darte mas informaciòn al respecto.

Por lo que he visto en este foro, en algunos Estados la aclaraciòn la puedes hacer verbalmente. En algunos otros, como el mio, la aclaraciòn te la piden por escrito. De acuerdo al Reglamento de Fiscalizaciòn la aclaraciòn la debes hacer por escrito, el texto mismo de la notificaciòn de la multa lo indica.Te puedo proporcionar el texto del escrito que presentè. Y si te la rechazan aduciendo que ya existia citatorio previo, entonces podrìas obtar por pagar la multa o presentar un medio de defensa. Lo que mejor convenga a tus intereses.

Byby
 
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SCRUPLES
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13/Sep/05 20:07
Re: ¿Multa sin requerimiento?

buen Topico, buenos comentarios de todos los compañeros

Sigan Opinando

Saludos :)
 
J.p
 
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xavier_polanco
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