26/Ago/05 14:56
Re: Requerimiento Via Email
[quote:cbe973170a="Herrera1"]jfarias entonces crees que SI se deberían de contestar?
A nosotros, que somos grandes contribuyentes , nos han hecho varias notificaciones así y todas las hemos contestado ante al SAT mediante escritos, pero me extrañó y preocupó la opnión de algunos colegas en si debe de contestarse o no[/quote:cbe973170a]
Dicho numeral es claro al señalar "En el caso de notificaciones por correo electronico, [u:cbe973170a]el acuse de recibo consistirá en el documento digital con firma electrónica[/u:cbe973170a] que transmita el destinatario al abrir el documento digital que le hubiere sido enviado. Para los efectos de este párrafo, [u:cbe973170a]se entenderá como firma electrónica del particular notificado, la que se genere al utilizar la clave que el SAT le proporcione para abrir el documento digital que le hubiera sido enviado[/u:cbe973170a]."
Es decir que para que se cumpla con la formalidad que menciona dicho articulo es imperativo que lleve consigo su FEA o la llave o como se denomine.
Y bueno mi consejo sería el mismo que menciona edgar.
'Todos somos iguales ante la Ley, pero no ante los encargados de aplicarla'
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SALUDOS