25/Ago/05 16:36
Re: duda sobre como integrar las variables
[quote:299bed8889="lcgabrielaranda"][quote:299bed8889="Eleazar_oa"]de acuerdo con todos en que ya no pasa nada, solo tendrian efecto si el trabajador fuera reincorporado, es decir, [u:299bed8889]lo volvieras a contratar en tal caso tendrias que calcular e incluir estas variables en su nuevo SDI[/u:299bed8889][/quote:299bed8889]
difiero un poco de tu comentario ya que tu pudieras alegar que como termino relaciones (ART 46 LFT) tambien terminaron todas las obligaciones o derechos con la misma empresa,(es decir borron y cuenta nueva) por lo tanto de aqui en adelante tu no conocieras que variables tendrias para que cotice en su SBC. Un ejemplo si tu lo das de baja en 28/04/2005(como se comenton en principio) y lo vuelves a reingresar en 18/11/2005 le pondrias las misma variables que tuvo en MARZO y ABRIL como si hubiera trabajado en SEP y OCT?
REcuerda el art 30 LIMSS fracc II es muy claro al afirmar:
Artículo 30
Para determinar el salario diario base de cotización se estará a lo siguiente:
II.- Si por la naturaleza del trabajo, el salario se integra con elementos variables que no puedan ser previamente conocidos, [u:299bed8889][i:299bed8889]se sumarán los ingresos totales percibidos durante los dos meses inmediatos anteriores y se dividirán entre el número de días de salario devengado en ese período[/i:299bed8889][/u:299bed8889]. [i:299bed8889][u:299bed8889]Si se trata de un [color=red:299bed8889]trabajador de nuevo ingreso, se tomará el salario probable [/color:299bed8889]que le corresponda en dicho período, y[/u:299bed8889][/i:299bed8889]
saludos[/quote:299bed8889]
Bueno mi único comentario para que vean que no sólo comento tonterias es que son los últimos dos meses anteriores, si la relación terminará ahora y entre en 3 o 4 meses, pues no tendrían efectos esas variables, ya que no son los dos meses anteriores.