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15/Ago/05 19:06

En el caso de los REPECOS tambien se imprimen notas autorizadas, por lo que la imprenta no las puede imprimir nuevamente, salvo sean "piratas"; es por eso la duda y temor del impresor; yo igual que él compañero te recomiendo que levantes un acta, sin dar aviso a la Secretaría, nada mas como defensa...
 
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mtapia
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15/Ago/05 19:21
Re: Imprenta, Nota de pequeño contribuyente

Si de algo sirve mi opinion, seria en el sentido de que levantaras el acta correspondiente, digo, sino imaginate, expido mil notas de venta que incrementan demasiado mis ingresos, mando hacer otras mil (con los mismos folios) y los vuelvo a hacer para disminuir mis ingresos ¿Como se llama eso en terminos del CFF?

Artículo 108.- Comete el [color=red:b6c2aadd6b]delito[/color:b6c2aadd6b] de defraudación fiscal quien con uso de engaños o aprovechamiento de errores, omita total o parcialmente el pago de alguna contribución u obtenga un beneficio indebido con perjuicio del fisco federal.

La omisión total o parcial de alguna contribución a que se refiere el párrafo anterior comprende, indistintamente, los pagos provisionales o definitivos o el impuesto del ejercicio en los términos de las disposiciones fiscales. :twisted: 8O

Artículo 109.- Será sancionado con las mismas penas del delito de defraudación fiscal, quien:

I. Consigne en las declaraciones que presente para los efectos fiscales, deducciones falsas o ingresos acumulables menores a los realmente obtenidos o determinados conforme a las leyes. En la misma forma será sancionada aquella persona física que perciba dividendos, honorarios o en general preste un servicio personal independiente o esté dedicada a actividades empresariales, cuando realice en un ejercicio fiscal erogaciones superiores a los ingresos declarados en el propio ejercicio y no compruebe a la autoridad fiscal el origen de la discrepancia en los plazos y conforme al procedimiento establecido en la Ley del Impuesto sobre la Renta. :twisted: 8O


Aunque en tu caso no vas a disminuir tus ingresos pero la autoridad siempre es suspicaz.

Saludos :)
 
"Brindo por que mis versos cual saetas, lleguen hasta las grietas, formadas de metal y de granito, del corazón de la mujer ingrata, que a desdenes me mata, pero que tiene un cuerpo muy bonito"
 
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CPVICENTEMM
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15/Ago/05 19:26

CPVICENTEMM, PERO SEGUN SE DESPRENDE DEL COMENTARIO, LA PERSONA SOLO QUIERE VOLVER A IMPRIMIR, PARA TENER RESPALDO TAL COMO DICE EL ART ..........."Y CONSERVARAN LAS ORIGINALES"...........

SALUDOS
 
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lobozac
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15/Ago/05 19:44
Re: Imprenta, Nota de pequeño contribuyente

No hagas cosas buenas que parezcan malas, de hecho las notas que te imprimiran tendran fecha de impresion posterior a la fecha de expedicion en caso de una revision ¿Como explicaras esto?, ademas si estan foliadas, duplicaras folios, asi mismo creo que el perjuicio puede ser mayor al beneficio (si decides reimprimir)......no niego que estes en un dilema, pero mejor hechales una llamada a los colegas del SAT (que estan para servirnos en buen plan), asi disipas tus dudas ...
 
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BR1
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15/Ago/05 19:48

[quote:16171a2fef="mtapia"][color=red:16171a2fef]En el caso de los REPECOS tambien se imprimen notas autorizadas[/b:16171a2fef][/color:16171a2fef], por lo que la imprenta no las puede imprimir nuevamente, salvo sean "piratas"; es por eso la duda y temor del impresor; yo igual que él compañero te recomiendo que levantes un acta, sin dar aviso a la Secretaría, nada mas como defensa...[/quote:16171a2fef]

[color=red:16171a2fef][b:16171a2fef]FUNDAMENTO ?[/b:16171a2fef][/color:16171a2fef]


ESTA INFORMACION ES [color=blue:16171a2fef][b:16171a2fef]CRITERIO DEL SAT[/b:16171a2fef][/color:16171a2fef]..............Y SI DESEAS VERIFICAR DALE CLICK A LA LIGA

ftp://ftp2.sat.gob.mx/asistencia_servicio_ftp/publicaciones/folletos2005/comprobfiscnotvent05.pdf



[color=blue:16171a2fef][b:16171a2fef]Se pueden imprimir en
cualquier imprenta?[/b:16171a2fef][/color:16171a2fef]

[color=blue:16171a2fef][b:16171a2fef]Sí, ya que no se requiere imprimirlos en imprentas
autorizadas por el Servicio de Administración
Tributaria.[/color:16171a2fef]

En la nota de venta:
◗ No se hace el desglose o separación de los
impuestos que cargan o se trasladan al cliente, que
son el IVA y/o el IEPS.
◗ No se anota el RFC, nombre ni domicilio del cliente.
◗ Para expedirlas no debe solicitar a sus clientes
copia de la Cédula de Identificación Fiscal.
◗ El importe que amparan no es deducible ni
acreditable.
◗ No tienen un plazo de vigencia,
los puede utilizar en cualquier
tiempo.
◗ No es necesario que
lleven la Cédula de
Identificación Fiscal
impresa.
Qué diferencia hay entre las
notas de venta y las facturas
 
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lobozac
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15/Ago/05 20:04
Re: Imprenta, Nota de pequeño contribuyente

[quote:8df5e1d30a="BR1"]No hagas cosas buenas que parezcan malas, de hecho las notas que te imprimiran tendran fecha de impresion posterior a la fecha de expedicion en caso de una revision ¿Como explicaras esto?, ademas si estan foliadas, duplicaras folios, asi mismo creo que el perjuicio puede ser mayor al beneficio (si decides reimprimir)......no niego que estes en un dilema, pero mejor hechales una llamada a los colegas del SAT (que estan para servirnos en buen plan), asi disipas tus dudas ...[/quote:8df5e1d30a]


LAS NOTAS DE VENTA NO LLEVAN FECHA DE IMPRESION.............Y EL FOLIO NO SE CONTROLA POR PARTE DEL SAT

SALUDOS
 
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lobozac
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15/Ago/05 20:08
Re: Imprenta, Nota de pequeño contribuyente

No "pos" que a todo dar....."pa" que las cuida, que se espere, que no tenga controles, al final las maquila y paga lo que quiere (si a esa vamos), el detalle que planteo no es la solucion si no lo correcto, aun cuando lo correcto algunas veces no sea la solucion (que contradictorio)....escoje lo mas conveniente o lo menos perjudicial.
 
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BR1
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15/Ago/05 20:12

"de hecho las notas que te imprimiran tendran fecha de impresion posterior a la fecha de expedicion en caso de una revision ¿Como explicaras esto?, "..............EN RAZON DE ESTO QUE RESPONDES VA EL COMENTARIO


"No "pos" que a todo dar....."pa" que las cuida, que se espere, que no tenga controles, al final las maquila y paga lo que quiere (si a esa vamos), ".............NO EN RAZON DE QUE LAS CUIDE O LAS MAQUILE.............NADIE ESTA DISCUTIENDO ESTO ULTIMO

CREO QUE LO QUE ENCUADRA EN LO MEJOR ES ESTE TU COMENTARIO



"escoje lo mas conveniente o lo menos perjudicial."



SALUDOS
 
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lobozac
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15/Ago/05 20:14

Hola... Buenas Noches. :)

Sabes Mir100 puedes reponerlas sin ningun problema, de hecho, si el impesor no te las quiere imprimir por qué no tu las haces, pues no es necesario que estas sean impresas por establecimientos autorizados, y en el caso de que el impresor si te las imprimiera, estas no llevan la fecha de impresion, esto por experiencia propia.

Espero y te resulte util mi comentario.
 
VILLEDRO
 
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VILLEDRO
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15/Ago/05 20:16

[quote:47dc41af7f="lobozac"]"de hecho las notas que te imprimiran tendran fecha de impresion posterior a la fecha de expedicion en caso de una revision ¿Como explicaras esto?, "..............EN RAZON DE ESTO QUE RESPONDES VA EL COMENTARIO


"No "pos" que a todo dar....."pa" que las cuida, que se espere, que no tenga controles, al final las maquila y paga lo que quiere (si a esa vamos), ".............NO EN RAZON DE QUE LAS CUIDE O LAS MAQUILE.............NADIE ESTA DISCUTIENDO ESTO ULTIMO

CREO QUE LO QUE ENCUADRA EN LO MEJOR ES ESTE TU COMENTARIO



"escoje lo mas conveniente o lo menos perjudicial."

Lo de la maquilada, no es tema de discusion (pero es la realidad..doble control siempre en estos contribuyentes..raro el que no)....

Y queda en ella (o el no se quien tiene el caso) el elejir que hacer....cada quien da su opinion y es por su puesto respetable 100%....

SALUDOS[/quote:47dc41af7f]
 
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BR1
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