12/Ago/05 15:57
la respuesta es en ninguna, deberìas saberlo intelectual o solo es el nick.
En la exposición de motivos se fundamenta el criterio interno del SAT, para hacer proporcional el CAS, como ya se menciono el CAS es un subsidio que se creo con la finalidad de apoyar a los que menos ganan.
'Lo que decimos nos aprisiona mucho más que lo que hacemos, o lo que callamos'
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edgarivanp
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12/Ago/05 16:00
Re: CREDITO AL SALARIO
Si no fuera proporcional no se publicarian las tablas del anexo 8, o que se utilizan las mensuales para pagos quincenales o semanales, por que si fuera asi, se esta aplicando mal el CAS y en el calculo anual la retención de ISR seria muy grande, es razonamiento no LEY.
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edgarivanp
Capitán Segundo
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12/Ago/05 18:40
En la pagina del Sat, vienen las tablas y los anexos a estas, quiere decir semanal, decenal, quincenal y mensual.
Si pagas a la semana, es mejor aplicar la semanal, si pagas por dias, hay algunas paginas fiscales que ofrecen la tabla diaria cuando tienes trabajadores a destajo.
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ChuyAntonio
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12/Ago/05 18:48
En la anual no habria tanto problema si en lugar de proporcionarlo le aplicas lo pagado en un periodo determinado, principalmente porque en la anual se aplica el cas aplicado en cada uno de los pagos o calculos que se le hace el trabajador en cada año, o estoy mal
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dragonces
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12/Ago/05 19:06
Re: CREDITO AL SALARIO
la clave esta en la respuesta que proporciona el colega lcrui
Artículo 69 de LEY FEDERAL DEL TRABAJO
Por cada seis días de trabajo disfrutará el trabajador de un día de descanso, por lo menos, con goce de salario íntegro.
Consultores Fiscales : www.elfiscal.net, Twitter: ElFiscalNet
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CPhugoocejo
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12/Ago/05 19:08
Re: CREDITO AL SALARIO
[quote:566b302692="MARABI"]:( HOLA AMIGOS PUEDEN AYUDARME POR FAVOR?, SE TRATA DEL CALCULO DEL CAS A PAGAR A LOS TRABAJADORES EN NOMINA SEMANAL, ES DECIR SI EL TRABAJADOR LABORO 6 DIAS SE CONSIDERARÁ EL NÚMERO DE DIAS QUE LABORO O SE CALCULARA EN BASE A LOS 7 DIAS, LO QUE PASA ES QUE LO HE CALCULADO POR LAS 2 FORMAS Y RESULTA UN CAS MAYOR CUANDO CONSIDERO 6 DIAS ES DECIR QUE MIENTRAS MENOS SALARIO RECIBE POR NO LABORAR ES MAYOR EL CREDITO ESTÁ CORRECTO?[/quote:566b302692]
[color=orange:566b302692]Si pagas en forma semanal, aplica la tabla del CAS semanal, aunque sólo laboren una hora ó un día a la semana.
No importa que tanto alto salga el CAS, es totalmente legal.[/color:566b302692]
¡¡ juntos damos soluciones !!
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Mem
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