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23/Jul/05 16:03
Re: COMISION POR CHEQUE DEVUELTO????????

Saludos a todos.

Efectivamente viene la comisión en el estado de cuenta, pero no por ello, se puede decir que es deducible.

En todo caso para que sea deducible hay que ir a la Ley para establecer si es un gasto deducible.

Por ejemplo, esa comisión es un gastos estrictamente indispensable para llevar a cabo el funcionamiento de la empresa ?,

yo soy de la idea que no es deducible, ni acreditable el IVA pagado.

Pero es un buen tema para otro tópico.
 
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emilio80
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23/Jul/05 16:21
Re: COMISION POR CHEQUE DEVUELTO????????

[quote:36241ebeea="LOPEZCASTE"]BUENAS TARDES

Perdon Royxo pero no comparto tu opinión dado que la comision viene incluida en el estado de cuenta, se considera como deducible...[/quote:36241ebeea]

Con fundamento en el art. 32 f VI LISR, es un gasto no deducible!!!
 
¡¡ juntos damos soluciones !!
 
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Teniente Coronel

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23/Jul/05 17:27

[quote:77eebba3c7="SaúlCastroVázqz"][quote:77eebba3c7="JHiguera"][color=blue:77eebba3c7]De entrada no señalas de quien es el cheque devuelto, si es de la empresa donde trabajas o es de un tercero (cliente, deudor diversos, etc); si es de la compañía, lo consideras como un gasto normal, si es de un tercero, el importe del cheques + comisiones e IVA que te efectuó el banco, lo puedes cargar a la cuenta de DEUDORES DIVERSOS, junto con el valor del cheque devuelto, y en el momento en el que el cliente te pague, le abonas la suma de los conceptos.[/color:77eebba3c7][/quote:77eebba3c7]
[color=green:77eebba3c7]
Hola JHiguera:
No estoy de acuerdo contigo, en virtud de que el aviso de cargo que hace el banco viene a nombre de la empresa que deposita y no a nombre de quién giro el cheque. Por lo tanto la comisión más el IVA afecta a la empresa y forma parte de sus operaciones que intergran la contabilidad.

En estos casos se les hace una nota de cargo al girardor por la comisión e iva.[/color:77eebba3c7][/quote:77eebba3c7]
[color=blue:77eebba3c7]
Saludos SaúlCastroVázqz

Estoy de acuerdo contigo en que el cargo que te hace la Institución bancaria, no se expide a nombre del tercero, sin embargo, el importe de la comisión y el IVA correspondiente, no es por concepto de una operación habitual de la empresa, ya que no te dedicas a depositar cheques para que estos sean devueltos, si no que dicha operación, es una operación extraordinaria por la cual no debes de cargar a los gastos de la empresa, ni expedir una nota cargo que te represente un ingreso por dicho concepto.

Considero que puedes elaborar dicha nota de cargo, anexando a ésta el cargo bancario, elaborando el asiento contable, con cargo directo a la cuenta de deudores.[/color:77eebba3c7]
 
jhiguera Hoy es el mejor día de tu existencia; se feliz.
 
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JHiguera
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