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16/Jun/05 7:16

te agradecere mir 100, me pases los requisitos

gracias
 
AIDA HERNANDEZ SANCHEZ aidahersan@hotmail.com
 
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aidahersan
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16/Jun/05 7:17

mir 100, te agradecere, si me envias los requisitos

gracias
 
AIDA HERNANDEZ SANCHEZ aidahersan@hotmail.com
 
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aidahersan
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16/Jun/05 13:06
Re: FIRMA DIGITAL

Hola Aida:

Con gusto, es algo largo:

Esto me recomendaron en una platica en el IMSS

1.- En la parte de arriba de tu computadora esta Herramientas das clik
y en opciones de internet das clik,
luego en nivel de seguridad, das clik en nivel personalizado y te
va a aparecer, no se como se llamen ( archivos) y vas activar todas las que contegan " activex",luego pones aceptar.Te va a aprecer una leyenda " se desea modificar los sitemas de seguridad" y vas a poner si.

2.- Vas a tener que revisar que Javas tienes y unicamente te debes de quedar o poner los java version 1.4.1 y 1.3.1_7 para que puedas trabajar con imss y el sat. para ver cuales tienes te vas a panel de control en agregar a o quitar programas. y tienes que reiniciar la maquina.

3.- Te vas a la pagina del IMSS donde esta IDSE, Y DAS CLIK EN FIRMA DIGITAL ( NUEVO) y luego clik en solicitud NPE. te va a pedri informacion de la empresa que pongas un usuario , un consejo es que puedes poner el Reg. Patronal. y luego la contraseña que puede ser de 3 o mas digitos.

4.- Cuando la termines imprimes dos tantos( aparte yo te sugiera guardarla en "c" .Yo abri archivos en mis documentos con nombre diferentes. abri carta de condiciones, abri firma digital, abri llave privada.
y como tengo varios patrones, ahi guarde los de cada uno. con su nombre.

5.- Vas a la Subdelegacion con la carta firmada dos tantos copia de la credencial de elector y mica patronal.

6.- Ah se me olvidaba tienes que mencionar un correo electronico donde te van a enviar la informacion ( pero que no sea de hotmail).

7.- Una vez que llenas la carta de condiciones tiene una caducidad de 10 dias.para que no te tardes tanto en llevarla.

8.- Luego recibes por corre electronico una liga das clik para instalar el certificado digital. te va a pedir la llave privada que previamente ya guardaste , cuando hiciste la carta, y certifificado digital.

9.- Luego ya entras a IDSE y te va a pedir el certificado digital, le das en examinar y lo pones , usuario y contraseña, accesar.

10.- Te va a mandar a una pagina que dice , descargar documento y firmar documento, primero tienes que descargar y guardas el archivo, yo lo guarde junto con los certificados digitales, luego en firmar documento te va a pedir carta de condiciones y certificado digital y contraseña.

11.- S e supone que despues de esto ya puedes entrar a la captura de los movimiento afiliatorios, ( que es de donde no he podido pasar)

Espero te sea de utilidad. esto.

Saludos
 
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mir100
Capitán Primero

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18/Jun/05 11:58

En relacion a una pregunta que hicieron, respecto a la fecha limite para tramitar la firma digital, en mi opinion no existe, ya que ni siquiera existe la obligacion de tramitar este servicio.

El hecho de que las Subdelegaciones argumenten que ya no van a recibir tramites en dispmag e incluso en papel (de 1 a 4 avisos) es ilegal, aunque lo estan intentando, pero si nos dejamos, claro que van a sacar provecho.

Lo mas importante a considerar, no se si ya lo hicieron, es que cuando tramitas la firma digital con el NPIE (numero patronal de identificacion electronica), automaticamente autorizas al IMSS A NOTIFICARTE VIA ELECTRONICA CUALQUIER TIPO DE DOCUMENTO, LLAMESE ORDEN DE VISITA, CREDITO FISCAL, MULTA, REQUERIMIENTO ETC..... situacion que esta prevista en las reglas emitidas por el H. Consejo Tecnico publicadas en el DOF, por lo que yo pregunto, ¿estamos dispuestos y preparados para atender asuntos en forma electronica? porque cuando recibamos el mail, automaticamente nos damos por notificados.

Aun quieren tramitar su NPIE y Firma Digital?, yo he tenido platicas con algunos Subdelegados, en donde su gente de afiliacion no quiere aceptar avisos en papel y les comento que en estricta aplicacion del Reglamento si se puede y lo hemos hecho hasta la fecha, obvio tambien en dispmag.
 
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Vigor
Soldado

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19/Jun/05 20:50

muchas gracias
 
AIDA HERNANDEZ SANCHEZ aidahersan@hotmail.com
 
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aidahersan
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19/Jun/05 23:14
Re: FIRMA DIGITAL

Lagos de Moreno, Jal., a 19 de junio de 2005.

A todos los Foristas:

Por este medio reciban un cordial saludo, asimismo les escribo sólo para agregar un comentario acerca de lo que menciona Vigor (por cierto es una parte muy importante e interesante que debemos saber y tener presente), el cual es para señalar lo que nos refiere el artículo 40 de la LIMSS, que a continuación transcribo:

"Artículo 40. Las cédulas de liquidación emitidas por el Instituto por concepto de cuotas, capitales constitutivos, actualización, recargos o multas, serán notificadas a los patrones personalmente, en los términos establecidos en el Código. El Instituto podrá optar, a solicitud del patrón, por realizar las notificaciones a través de medios magnéticos, digitales, electrónicos, ópticos, magneto ópticos o de cualquier otra naturaleza en los términos del Código, en cuyo caso, en sustitución de la firma autógrafa se emplearán medios de identificación electrónica, y producirán los mismos efectos que la notificación firmada autógrafamente y, en consecuencia, tendrán el mismo valor probatorio que las disposiciones legales aplicables otorgan a ésta.

Para el efecto de las notificaciones de las cédulas de liquidación por transmisión electrónica, los patrones y sujetos obligados deberán proporcionar por escrito a través de un representante legal, ante la oficina que corresponda a su registro patronal, su correo electrónico, así como cualquier modificación del mismo. Además, deberán remitir un acuse de recibo electrónico que acredite la fecha y hora de la notificación, a falta de éste, se entenderá que la notificación se realizó el día en que la envió el Instituto.

Dichas notificaciones surtirán sus efectos el día hábil siguiente a aquél en que sean realizadas."

Artículo reformado DOF 20-12-2001

Muy interesante verdad?? Nomás échenle un vistazo al convenio celebrado con el IMSS para la transmisión de movimientos afiliatorios a través de los medios magnéticos (IDSE/FIRMA DIGITAL), para ver en qué parte se cae en que el patrón "solicita" y dé oportunidad al IMSS de que pueda optar por realizar las notificaciones a través de medios magnéticos, digitales, electrónicos, ópticos, magneto ópticos o de cualquier otra naturaleza en los términos del Código.

Habrá muchos otros comentarios respecto a la utilización de la Firma Digital, la mayoría serán con relación a las ventajas del IMSS de ofrecer este servicio, sin embargo este punto que toca Vigor es de llamar nuestra atención sin alarmarnos por supuesto, ya que sólo se trata de transformarnos y proyectarnos hacía una modernidad inevitable utilizando la tecnología más "moderna".

Saludos.


Luis manuel H. R.
 
"Nunca conquistes por la fuerza, porque cuando las cosas lleguen demasiado lejos... la decadencia es inevitable".
 
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LUISMANUELHR
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