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Tópico: Calculo ISR Bono Mensual
puertogone

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 23, 2013 12:50:28 Asunto: Re: Calculo ISR Bono Mensual
El calculo y entero de las retenciones a los empleados de realiza en forma mensual, a cuenta del impuesto anual. Entoncces dedes realizar lo siguiente: Sumar todas las percepciones mensuales de cada empleado, incluyendo el bono, calcular la retencion utilizando la tarifa mensual y restar a esta rentencion asi obtenida, las retenciones semanales que les hayas retenido, la diferencia es la que le retendras en la ultima semana de su nomina, de esta manera la suma de las retenciones semanales sera igual a la retencion mensual a enterar al SAT. Saludos
Tópico: Formula color en celda
puertogone

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Mensaje Foro: Excel Enviado: Septiembre 21, 2013 14:01:51 Asunto: Re: Formula color en celda
Buen dia rsanchez, Hay una opcion en excell que se llama 'control de cambios' y hace lo que estas buscando, y te permite ademas aceptar o rechazar los cambios que se hayan realizado en ese libro. Esto lo puedes encuentror en el Menu / Revisar / control de cambios. Saludos
Tópico: Deducibilidad para ISR al 100% de automoviles en el mismo ejercicio
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 18, 2013 15:46:30 Asunto: Re: Deducibilidad para ISR al 100% de automoviles en el mismo ejercicio
Totalmente de acuerdo a_cano con la definicion de propiedad planta y equipo e) propiedades, planta y equipo – son los activos tangibles (bienes físicos) que: i) posee una entidad (sobre los cuales ya tiene los riesgos y beneficios) para su uso en la producción o suministro de bienes y servicios, para arrendarlos a terceros o para propósitos administrativos, sin un propósito inmediato de venderlos... sobretodo la ultima parte SIN UN PROPOSITO INMEDIATO DE VENDERLOS No hay manera de equivocarse, esta muy claro Saludos
Tópico: Deducibilidad para ISR al 100% de automoviles en el mismo ejercicio
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 17, 2013 19:11:19 Asunto: Re: Deducibilidad para ISR al 100% de automoviles en el mismo ejercicio
Gracias Allende, por atender mi consulta.... pero no creo poder darle el tratamiento de inventario 'mercancias' a mis inversiones, ya que para que eso suceda yo deberia vender y no rentar los bienes en cuestion, por otro lado si lo manejo como inventario solo se puede deducir en base al costo de lo vendido, y los autos los vendemos pasados 2 o 3 años de uso, por lo tanto tendria que meter el costo de lo vendido cada 2 o 3 años, segun el caso y por consiguiente no estaria deduciendolo al 100% en un solo ejercicio. He estado analizando la ley y en realidad no encuentro nada, pero nada que me de el respaldo para hacerlo en un año, ni modos me lo tendre que llevar al 25% cada año. Si al 100% pero en cuatro años Saludos
Tópico: Deducibilidad para ISR al 100% de automoviles en el mismo ejercicio
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 06, 2013 13:47:37 Asunto: Deducibilidad para ISR al 100% de automoviles en el mismo ejercicio
Buen dia, la empresa donde laboro se dedica a la renta de autos sin chofer y tengo algunas dudas con respecto a la deducibilidad para ISR de la flotilla vehicular, segun el Art. 42 fraccion II 2o. parrafo me quita el tope de $175,000.00 lo podria deducir al 100% pero en cuatro años. Ahora bien el mismo Art. 42 fraccion III 2o. parrafo dice... Tratándose de contribuyentes cuya [b][u]actividad preponderante consista en el otorgamiento del uso o goce temporal de aviones o automóviles, podrán efectuar la deducción total del monto original de la inversión[/u][/b] del avión o del automóvil de que se trate, excepto cuando dichos contribuyentes otorguen el uso o goce temporal de aviones o automóviles a otro contribuyente, cuando alguno de ellos, o sus socios o accionistas, sean a su vez socios o accionistas del otro, o exista una relación que de hecho le permita a uno de ellos ejercer una influencia preponderante en las operaciones del otro, en cuyo caso la deducción se determinará en los términos del primer párrafo de esta fracción, para el caso de aviones y en los términos de la fracción II de este artículo para el caso de automóviles. y en la misma fraccion solo que en el primer parrafo dice ... que no tengan concesión o permiso del Gobierno Federal para ser explotados comercialmente...pero no habla de automoviles solo de aviones y embarcaciones... Entonces, ahi radica mi duda, lo podria deducir al 100% para ISR en un solo año, o solo estoy alucinando feo. Para IETU ya sé 100% por compra de inversiones no tengo problema. Gracias por sacarme de este atolladero
Tópico: como contabilizar los ingresos en dolares
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Mensaje Foro: Contabilidad Enviado: Agosto 06, 2013 16:16:11 Asunto: Re: como contabilizar los ingresos en dolares
Para la contabilizacion de una moneda extranjera, siempre deberas tener una cuenta complementaria que es subcuenta de la cuenta de moneda extranjera Como tu factura ya esta emitida en pesos, entonces el tipo de cambio es el que acordaste con tu cliente para el pago. En este caso el asiento seria asi banco cta dlls........................................... 377.39 Banco Cta dlls complementaria...........4,388.10 ingresos........................................................................ 4,293.24 iva trasladado 11%..........................................................472.25 Pero al final del mes deberas valuar tu cuenta de bancos al tipo del cambio que emite el banco de mexico para solventar operaciones realizadas en moneda extranjera
Tópico: Y DESPUES DEL ARRENDAMIENTO PURO...
puertogone

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 06, 2013 15:57:05 Asunto: Re: Y DESPUES DEL ARRENDAMIENTO PURO...
¡¡Excelente...!! De muchisima ayuda
Tópico: Y DESPUES DEL ARRENDAMIENTO PURO...
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 05, 2013 19:07:34 Asunto: Y DESPUES DEL ARRENDAMIENTO PURO...
Termino el contrato de arrendamiento puro que la empresa tenia con una arrendadora. Decidimos adquirir los vehiculos en cuestion, nos lo facturan y todad la cosa. ¿Se puede entonces iniciar una depreciacion contable / fiscal a partir de ese momento? Estamos comprando vehiculos usados - como dice la factura- ¿ pero los puedo depreciar ?
Tópico: IVA en una indemnizacion de seguros
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Mensaje Foro: Contabilidad Enviado: Julio 18, 2013 13:04:35 Asunto: Re: IVA en una indemnizacion de seguros
Gracias a_cano por ilustrarme con estos fundamentos. Pero entonces, yo no deberia realizar factura alguna para poder recibir el pago de la indemnización? Ya que caería en una practica fiscal indebida?
Tópico: IVA en una indemnizacion de seguros
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Mensaje Foro: Contabilidad Enviado: Julio 18, 2013 10:09:01 Asunto: IVA en una indemnizacion de seguros
Una unidad de la flota vehicular tuvo un siniestro y fue determinada como perdida total, la Cia de Seguros para poder pagar la indemnización requiere una factura y nos envía una prefactura para que la elaboremos con nuestros folios. Dicha prefactura dice INDEMNIZACION POR COLISION DEL AUTOMOVIL $ 101,475.00 Marca XXX Tipo XXXX Mod XXX Serie XXXXXXX Amparado con la poliza No. XXXXX TRANSMISION DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOVIL $ 30,777.71 Marca XXX Tipo XXXX Mod XXX Serie XXXXXXX Amparado con la poliza No. XXXXX IVA transmision de la propiedad $ 3,047.29 Total Factura $ 135,300.00 Pero el IVA que esta en ese desglose no coincide con nada y no se sabe que tasa están usando, no da ni al 11% ni al 16% Mi pregunta es si alguien sabe de que las Cias de Seguros y sus pagos tengan algún tratamiento fiscal diferente o seria igual de lo que se maneja para una venta de activo fijo, ya que a fin de cuentas yo dare de baja ese activo como si lo hubiera vendido. Adicionalmente tengo que pagar el 10% de deducible ( $13,530.00 ). La Cia de Seguros me debería de dar una factura para comprobar este pago, verdad? Gracias por sus opiniones y comentarios

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