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Tópico: Pago de erogaciones por cuenta de terceros
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 14, 2011 18:17:26 Asunto: Re: Pago de erogaciones por cuenta de terceros
Estimado: a-cano. En relación con el tema, también hay este criterio de la Sala Regional del Norte-Centro I del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa: VI-TASR-XXX-61 PAGOS POR CUENTA DE UN CONTRIBUYENTE, REALIZADOS POR UN TERCERO Conforme lo establecido en el artículo 35 del Reglamento de la Ley del Impuesto sobre la Renta, el mismo es muy claro en establecer dos situaciones respecto de los pagos que se practican mediante la figura del tercero. La primera de ellas, se actualiza cuando el contribuyente efectúe erogaciones a través de un tercero, excepto tratándose de contribuciones, viáticos o gastos de viaje, en cuyo caso, el contribuyente deberá expedir cheques nominativos a favor de éste, o bien, realizar traspasos o depósitos de cuentas en instituciones de crédito o casa de bolsa. Del análisis a la primera hipótesis, se puede observar que, regula los casos en que el contribuyente realiza erogaciones, lo que significa que es el propio contribuyente quien con su patrimonio efectúa el pago. El segundo supuesto que establece el artículo de marras, corresponde a cuando el tercero realice pagos por cuenta del contribuyente, los cuales deberán estar amparados con documentación que reúna los requisitos del artículo 31, fracción III de la Ley del Impuesto sobre la Renta, en cuyo caso, es el tercero quien con su patrimonio realiza el pago del impuesto, si embargo no lo realiza a su nombre, si no por cuenta del tercero. Luego, estando en este último supuesto, no resulta procedente que para deducir los pagos relacionados con el impuesto al valor agregado acreditable, en el ejercicio de dos mil cinco, la autoridad demandada determine que la contribuyente visitada se encuentre obligada a demostrar que el dinero con el que se efectuaron los pagos cuestionados, salieron de su patrimonio al del tercero, ya sea a través de cheques nominativos expedidos a nombre de este o de una transferencia de cuenta o depósito bancario, ya que dichos requisitos operan para el primero de los supuestos que contempla el citado artículo 35 y no respecto del segundo.Juicio Contencioso Administrativo Núm. 1837/08-04-01-9.- Resuelto por la Sala Regional del Norte-Centro I del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, el 15 de julio de 2009, por unanimidad de votos.- Magistrada Instructora: Rosa Anabel Rangel Rocha.- Tesis: Magistrado Alfredo Ureña Heredia.- Secretaria: Lic. Yazmín Rodríguez Mendoza. NOTA. El criterio de esta Tesis no versa sobre lo que la autoiridad le alega el contribuyente en el caso en CONSULTA que es el cumplimiento de los requisitos del artículo 31, fracción III de la Ley, en mi opinión está Tesis no le es aplicable al caso.
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 14, 2011 18:09:39 Asunto: Re: Pago de erogaciones por cuenta de terceros
Hola c.p. Hugo Ocejo Flores. Con el debido respeto, te respondi tu pregunta. Y……( Este es otro supuesto ) …cuando la AGENCIA ADUANAL realice PAGOS por cuenta del GANSTER S.A.………éstos deberán amparados con documentación que reúna los requisitos del artículo 31, fracción III de la Ley…………………..Aquí es donde hago un paréntesis……¿ a quien esta revisando la autoridad, al contribuyente o a la agencia aduanal?......máxime si el contribuyente demuestra en forma fehaciente los cheques reflejados en el estado de cuenta mas la documentación comprobatoria….y otra pregunta….¿ para quienes les aplica los requisitos del 31 F-III LISR…? Es decir, para el contribuyente o al tercero?...................... RESPUESTA. 1.- Le aplica para quien pretenda hacer la deducción. Saludos contdor
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 14, 2011 15:19:51 Asunto: Re: Pago de erogaciones por cuenta de terceros
Cheyene. Hombre te deseo lo mejor y ojala la autoridad como se dice en los JUICIOS proceda en la presuncional en su doble aspecto, [i][u]legal y humana[/u][/i], en lo que favorezca a los intereses de la quejosa. Saludos y a la orden.
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 14, 2011 14:43:48 Asunto: Re: Pago de erogaciones por cuenta de terceros
Cheyene. Mis razones son basadas en por varias experiencias, pero bueno , es su decisión y ojala nos cuente cuál fue el resultadio final de tan importante asunto. Saludos
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 14, 2011 12:11:39 Asunto: Re: Pago de erogaciones por cuenta de terceros
a_ cano: [color=blue]Ojala andes por acá[/color]. En relación con el tema, cabe agregar criterio de la Segunda Sala Regional del Golfo del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa Tipo de Documento: Tesis Aislada Época: Sexta época Instancia: Segunda Sala Regional del Golfo Publicación: No. 38 Febrero 2011. Página: 394 EROGACIÓN REALIZADA POR UN TERCERO, CASO EN QUE ES DEDUCIBLE PARA EFECTOS DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA.- En los términos del artículo 35 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, vigente en 2006, los contribuyentes pueden efectuar erogaciones a través de un tercero -excepto tratándose de contribuciones, viáticos o gastos de viaje-, para lo cual basta que expidan cheques nominativos a favor de éste o mediante traspasos de cuentas en instituciones de crédito o casas de bolsa, y cuando dicho tercero realice pagos por cuenta del contribuyente, éstos deberán estar amparados con documentación que reúna los requisitos del artículo 31, fracción III, de la Ley.- Por ello, a pesar de que no se consigne en un contrato la instrucción girada por el contribuyente al tercero, ni que el contrato respectivo se encuentra protocolizado ante Notario Público; el pago efectuado por el tercero, a nombre del contribuyente, y amparado con el comprobante respectivo, es deducible para efectos del artículo 31, fracción III, de la Ley del Impuesto sobre la Renta. Juicio Contencioso Administrativo Núm. 355/10-13-02-3.- Resuelto por la Segunda Sala Regional del Golfo del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, el 22 de septiembre de 2010, por unanimidad de votos.- Magistrada Instructora: María del Carmen Ramírez Morales.- Secretaria: Lic. Gina Rossina Paredes Hernández. NOTA: En el caso especial creo la Tesis que se inserta no sirve de argumento al caso planteado en razón de que el criterio va en el sentido de que no es necesario que haya '[u][color=red]un contrato la instrucción [/color][/u]girada por el contribuyente al tercero, ni que el contrato respectivo se encuentra protocolizado ante Notario Público; el pago efectuado por el tercero, a nombre del contribuyente'.(llámese mandato). [color=red]Más no del cumplimiento que la autoridad le está exigiendo al contribuyente en el caso planteado[/color], del cual persiste mi criterio firme que que deberá cumplirse lo exigido por la fracción III del Artículo 31 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, por lo tanto tiene razón la aautoridad. Cheyene, si buscas un buen abogado fiscalista te puedo sugerir a varios sólo escribe a mi correo. [i]Editado: Julio 14, 2011 14:40:38[/i]
Tópico: Pago de erogaciones por cuenta de terceros
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 13, 2011 19:08:59 Asunto: Re: Pago de erogaciones por cuenta de terceros
1.- El contribuyente expide cheque nominativo o transferirle recursos a su cuenta del tercero. 2.- Cuando el tercero pague a sus proveedores o acreedores del contribuyente, deberá hacerlo con los requistos que exige la fracción III de Artículo 31 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, es decir el tercero debera recabar la documentación con requisitos fiscales y cuando el monto de los pagos sean mayores a $ 2,000.00 este o sea reitero el 'TERCERO, DE SU CUENTA' deberá pagarlos con cheque nominativo.,........, , . o transferencia electrónica de fondos. Saludos y hasta acá llega mi participación
Tópico: Pago de erogaciones por cuenta de terceros
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 13, 2011 18:13:33 Asunto: Re: Pago de erogaciones por cuenta de terceros
a_cano: Gusto en saludarte. La norma que regula las deducciones es el Artículo 31 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, se precisan ciertos requisitos especiales y de orden estricto en la regla especial que es la fracción III misma que es la que exige los requisitos mínimos, por lo tanto la aplicación estricta para efectos de deducción ahí está y no en el Reglamento de la misma (como se pretende aplicar) . Pero bueno, mi opinión ahí está, inclinarse a no cumplir en que el tercero no pague con cheque nominativo los pagos mayores a $ 2,000.00 lo considero demasiado arriesgado. [i]Editado: Julio 13, 2011 18:14:18[/i]
Tópico: VALES DE EFECTIVO GRAVAN PARA ISR DE TRABAJADORES.
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 13, 2011 17:04:06 Asunto: Re: VALES DE EFECTIVO GRAVAN PARA ISR DE TRABAJADORES.
perdón por el uso de este espacio [i]Editado: Julio 13, 2011 17:08:31[/i]
Tópico: Arrendamiento Puro Anticipo de Rentas Deducible?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 13, 2011 16:57:04 Asunto: Re: Arrendamiento Puro Anticipo de Rentas Deducible?
Pues si c.p. Hugo Ocejo Flores. -La importancia de los contratos como soporte fiscal.
Tópico: Arrendamiento Puro Anticipo de Rentas Deducible?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 13, 2011 16:45:29 Asunto: Re: Arrendamiento Puro Anticipo de Rentas Deducible?
c.p. Hugo. nuevo fundamento de la Ley(rojo) El principio esta primero en el contrato.............antes de ir a la ley................digo, para [color=red]que brincar estando el suelo tan parejo...[/color] JEJEJEJEJEJEJ. Este tipo de arrendamientos lo hemos manejado y asi se han estipulado en los casos. Saludos jejejejeje

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