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Tópico: DEDUCCION POR "MERMA" EN GASOLINERAS
enriquelozano

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 10, 2008 Asunto: Re: DEDUCCION POR "MERMA" EN GASOLINERAS
Mi tocayo hace una observacion de las mermas que detecto a su cliente, pero eso depende del control interno que tenga y de los controles que manejen ya que si existen fugas los sistemas en las gasolineras estan diseñados para reportarlos, tanto en tanques como en bombas, y esto es revisado periodicamente por Pemex, pROFECO en sus tercerias (revisiones), y si no estuvieran funcionando correctamente puede ocacionar que cierren la estacion mientras se corrige esto tanto por seguridad del cliente como del propio establecimiento.
Tópico: DEDUCCION POR "MERMA" EN GASOLINERAS
enriquelozano

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 10, 2008 Asunto: Re: DEDUCCION POR "MERMA" EN GASOLINERAS
efectivamente yo solo disminuyo por mermas las que vienen en la factura de compra del producto y registro compras netas, es muy cierto el comentario que hace MEM, en el analisis que realizo en el cual habia producto de mas con respecto al que deberia de haber una vez que se disminuye el de mermas en el tanque, y esto es debido a que la bonificacion que maneja Pemex por el .74%, en muchos casos es mayor al real, ya que como comente ayer este es a nivel nacional y no es lo mismo aqui en hidalgo que en sonora, por lo que queda producto en tanques el cual no tiene costo pero que se vende y por consiguiente es un ingreso. A estas mermas yo me referia el dia de ayer, pero la pregunta inicial es que aplican un 2% adicional el cual nadie tiene el fundamento legal, por lo que yo recomendaba y recomiendo no aplicarlo. si alguien opina lo contrario que nos proporcione el fundamento, digo para aplicarlo conforme a derecho.
Tópico: DEDUCCION POR "MERMA" EN GASOLINERAS
enriquelozano

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 09, 2008 Asunto: Re: DEDUCCION POR "MERMA" EN GASOLINERAS
yo laboro en un grupo gasolinero y hasta donde se no hay criterio del sat que aplique otro 2% de deduccion por merma de gasolina, lo que si consideran en las revisiones son las bonificaciones por memar msima que viene aplicada en la factura del producto el cual personal del sat en la revision desglosan el iva y es como lo manejamos en la contabilidad. en analisis que he realizado, la bonificacion por merma no se acaba aun en los tanques, ya que es un porcentaje que se aplica a nivel nacional y puede varias dependiendo el lugar, ya que no es lo mismo aqui en hidalgo que en sonora, pero tengo entendido que este porcentaje de bonificacion esta determinado para los lugares de mucho calor. yo te diria que no apliques ese 2% adicional, si no tienes el fundamento en la mano, ahora bien si aun asi tus jefes deciden hacerlo, tu tendras que aclararles las posibles sanciones que se presentarian de no estar bien fundamentadas.
Tópico: DEDUCCION POR "MERMA" EN GASOLINERAS
enriquelozano

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 09, 2008 Asunto: Re: DEDUCCION POR "MERMA" EN GASOLINERAS
a mi criterio no consideraria ese 2% Debido a que en la factura de pemex por la compra de combustible existe una partida por bonificacion o mermas de combustible por el menejo del mismo, el cual es superior aun al que se pierde por el traslado del mismo, si este importe que viene en la factura es el que mandas a deducciones diria que esta bien, aunque deberias de registrar compras netas de lo contrario si es un 2% adicional que te o fundamenten para que asi no lo pudieras compartir.
Tópico: formato alta impuesto sobre nominas de queretaro
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 18, 2007 Asunto: formato alta impuesto sobre nominas de queretaro
Disculpen la molestia, pero necesito el formato para la inscripcion para el impuesto sobre nomina ya que proximamente lo utilizaremos, y en la pagina del gobierno de Queretaro no la localizo. Si alguien me puede ayudar lo agradecere.
Tópico: Fondo ahorro
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 13, 2007 Asunto: Re: Fondo ahorro
yo te aconsejaria que no lo manejes como retiro de fondo de ahorro, sino como un prestamo de fondo de ahorro por el cual le vas a cobrar un porcentaje de interes que defginan y que sea bajo el porcentaje. lo que si es que donde este estipulada la prestacion de fondo de ahorro tambien tengas establecido la forma de realizar prestamos de este y el porcentaje que se cobrara. si alguien puede detallar mas este planteamiento seria mejor la ayuda que se pudiera dar.
Tópico: ACTIVO FIJO
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 20, 2007 Asunto: Re: ACTIVO FIJO
el mal ya esta hecho pero tendras que corregir de aqui en adelante y decirles a las personas que realicen estas operaciones cual es la forma correcta de realizarlas. te preguntaria ademes cuando realizaste la operacion y el importe de la maqina que compraste.
Tópico: SE PAGARA IMPAC?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 18, 2007 Asunto: Re: SE PAGARA IMPAC?
buenos dias Apartir del ejercicio 2007, deberas realizar el pago del impuesto al activo, recordando que deberas realizar el recalculo del impuesto del 2006, quitando las deudas y el importe que te de acualizarlo con indices de diciembre 06 y dic 2005, el resultado lo divides entre 12 y realizas un comparativo de cuanto debes de pagar mensualmente de ISR y de Impac, el que resulte mayos es el que deberas pagar. Tambien cuantas con el calculo del impuesto que de estar obligado en el cuarto ejercicio inmediato anterior como lo establece el ART 5-A de la LIA
Tópico: monto maximo a deducir de un pick up
enriquelozano

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 18, 2007 Asunto: Re: monto maximo a deducir de un pick up
Buenos dias No se que opinen, pero en mi pobre interpretacion la ley no establece, que el Monto Original de la Inversion sean $175,000.00, establece que las inverciones seran hasta por ese monto.Si checamos el art. 37 nos dice como se obtienev la inversion y nos dice que es "la aplicacion, en cada ejercio, de los porcientos maximos autorizados por esta ley, sobre el monto original de la inversion, con las limitaciones que en su caso, establezca esta ley..." En el parrafo segundo del mismo art nos establece que integra el Monto Original de la Inversion. por consecuencia se podria comprar una unidad de hasta un importe de $700,000.00, ya que el gasto anual por inversion es hasta $175,000.00, como lo establece el art 42 fracc II de la LISR espero que les sirva de algo
Tópico: QUIEN PUEDE FIRMAR E. FINANCIEROS???
enriquelozano

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 04, 2007 Asunto: Re: QUIEN PUEDE FIRMAR E. FINANCIEROS???
buenas tardes El hecho de que los diferentes usuarios de los documentacion que emite un contador, tengan el derecho de verificar si la documentacion (cedula profesional) es valida, se me hace correcto por que el usar un documento aprocrifo es un delito federal, y efectivamente puedes consultar si el numero de cedula profesional que anotas en un estado financiero es veridica, puedes entrar a la pagina de la secretaria de educacion publica y verificarlo. http://profesiones.sep.gob.mx/profesiones/consultacedulas/Qstatus.jsp El que un contador firme los estados financieros, junto con el representante legal o persona fisica del negocio o empresa, indica que la informacion fue preparada con las normas y criterios necesarios para su presentacion, situacion que "debe dominar" el contador, y no otro profesionista...

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