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Autor | Mensaje |
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Tópico: SIN HABILITAR DECLARASAT 2016 | |
jlchan Mensajes: 8 |
Foro: Fiscal Enviado: Febrero 16, 2017 09:56:12 Asunto: SIN HABILITAR DECLARASAT 2016 |
Dia 16 de Feb 2017 y aun no nos habilitan el DECLARASAT para presentar informacion del 2016, sobre todo afecta a las P.F. que tienen obligacion del ISR anual por actividades del sector primario . . . Saludos! [i]Editado: Febrero 16, 2017 09:57:12[/i] | |
Tópico: FALLA PAGINA DEL SAT | |
jlchan Mensajes: 4 |
Foro: Fiscal Enviado: Abril 30, 2015 14?? Asunto: FALLA PAGINA DEL SAT |
Buenas tardes colegas, Disculpen , a alguien mas le esta saliendo este error en la pagina principal del SAT: 'The server is busy now. Try again later Correlation ID::97159b0a-540a-4e6c-897c-97ac526b19a1 Date and Time: 4/30/2015 1?? PM' Saludos, | |
Tópico: Para Rocio Llamas Anguiano Sobre PASO a RIF | |
jlchan Mensajes: 8 |
Foro: Fiscal Enviado: Enero 07, 2015 10:49:28 Asunto: Re: Para Rocio Llamas Anguiano Sobre PASO a RIF |
Hola estimada Roció Disculpa ¿Cual es el fundamento legal para no pagar IVA para 2015 en el RIF? | |
Tópico: CALCULO DE AGUINALDO EN COMPAQ I | |
jlchan Mensajes: 2 |
Foro: Fiscal Enviado: Diciembre 18, 2014 16:16:10 Asunto: Re: CALCULO DE AGUINALDO EN COMPAQ I |
Hola Conta Fer Debes calcular el factor proporcional por los días laborados en el 2014 e ingresarlo manualmente en el SOBRE RECIBO. Para ello considera: Ejemplo: LFT: 15 DÍAS MININO 15/365= 0.0410 por dia Para determinar el factor solo multiplica por el numero de días laborados en el 2014, ingresa el factor y realiza el CALCULO nuevamente en el Sobre-recibo. Saludos, | |
Tópico: envió contabilidad electronica julio-diciembre 2014 | |
jlchan Mensajes: 17 |
Foro: Fiscal Enviado: Octubre 27, 2014 16:45:37 Asunto: Re: envió contabilidad electronica julio-diciembre 2014 |
La realidad es que ni los del SAT estan preparados para recibir el SUPER MONTON de informacíon. Saludos, | |
Tópico: CARGA BACH PARA RECIBOS DE NOMINA CFDI | |
jlchan Mensajes: 4 |
Foro: Fiscal Enviado: Octubre 16, 2014 16:43:18 Asunto: Re: CARGA BACH PARA RECIBOS DE NOMINA CFDI |
Buena tarde Yo utilizo el programa C _ _t _ _ q i Nominas, muy bueno a la hora de realizar los cálculos y los timbrados en forma global, te invito a que investigues acerca de. Saludos, | |
Tópico: Descarga Masiva CFDi XML !!! | |
jlchan Mensajes: 53 |
Foro: Fiscal Enviado: Octubre 06, 2014 10:33:52 Asunto: Re: Descarga Masiva CFDi XML !!! |
Excelente aportacion!! gracias!! | |
Tópico: NOMINA E IMSS 2014 | |
jlchan Mensajes: 7 |
Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 15, 2014 15:15:26 Asunto: Re: NOMINA E IMSS 2014 |
Buena tarde Discúlpeme ¿usted no es contador verdad? Mucho le recomiendo que contrate a uno. Saludos, | |
Tópico: CFDI de los pagos referenciados | |
jlchan Mensajes: 3 |
Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 15, 2014 12:41:39 Asunto: Re: CFDI de los pagos referenciados |
Buen punto NO CREO EXISTA, pues quien emite la lineas de captura para el pago referenciado es el SAT y quien recibe nuestros fondos por pagos de IMPUESTOS es la TESORERIA DE LA FEDERACION, propiamente este órgano de la SHCP no esta obligado a generar CFDI por que NO ES CONTRIBUYENTE, ni se de alguna LEY que la obligue. ¿Alguien mas tiene otra opinión? Saludos, | |
Tópico: CDFI Nomina mensual | |
jlchan Mensajes: 14 |
Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 10, 2014 22:27:41 Asunto: Re: CDFI Nomina mensual |
Yo me he aventado con timbrados mensuales... Claro está la autoridad fiscal ha otorgado esta facilidad y mucho hay que aprovecharla, no me estacione, estoy circulando. Aprovecho los primeros 20 días para cálculo y pago de impuestos, y los días restantes para emitir los recibos fiscales de nominas semanales. Aplico criterio conforme a derecho... Los contribuyentes que realicen pagos por remuneraciones a sus trabajadores correspondientes a periodos menores a un mes, PODRÁN emitir a cada trabajador un sólo CFDI mensual, dentro de los tres días hábiles posteriores al último día del mes laborado y efectivamente pagado. ¿Qué si puedo aplicarlo este año? Pues es Resolución Miscelánea Fiscal 2014, aplicable al 2014 no? ¿que no existe el bendito complemento a que refiere el anexo 20 ¿y? ¿Culpa de nosotros? y si nos apegamos al numeral quinto de la LEY FEDERAL DE CONTRIBUYENTES Artículo 5o.- Las autoridades fiscales deberán prestar a los contribuyentes la necesaria asistencia e información acerca de sus derechos y obligaciones en materia fiscal. Asi mismo y sin perjuicio de lo que dispone el Artículo 33 del Código Fiscal de la Federación, las autoridades fiscales deberán publicar los textos actualizados de las normas tributarias en sus páginas de Internet, así como contestar en forma oportuna las consultas tributarias. Los contribuyentes que apeguen su actuación a los términos establecidos en los criterios emitidos por las autoridades fiscales, que se publiquen en el Diario Oficial de la Federación, quedarán exentos de responsabilidad fiscal. Por lo que aplicando presente y vigente a lo dispuesto a REQUISITOS DE LOS RECIBOS DE NÓMINA VIGENTES A PARTIR DE 2014 son: Ustedes ya se la saben. Saludos a todos colegas. |
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