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Tópico: Reimpresión de Declaración
luisv

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 13, 2023 18:22:19 Asunto: Re: Reimpresión de Declaración
Recuerde que debe entrar al aplicativo nuevo de las declaraciones anuales, primero entre a la página del SAT, en la parte superior ubique 'empresas' y seleccione 'general de ley', posteriormente se posiciona en 'declaraciones' y selecciona 'presenta tu declaración anual personas morales régimen...'
Tópico: Si no se puede obtener el complemento de pago, aún adjuntando el xml la factura puede ser no deducible
luisv

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 25, 2023 16:30:53 Asunto: Re: Si no se puede obtener el complemento de pago, aún adjuntando el xml la factura puede ser no deducible
Fiscalia hizo una publicación al respecto: La falta de complemento de pago no limita deducción ni acreditamiento Si los contribuyentes tienen los comprobantes fiscales digitales por internet (CFDI) y demuestran haber realizado el pago conforme a las disposiciones aplicables, entonces, es procedente formalmente el acreditamiento aunque no tenga sus complementos de pago, porque su emisión es obligación de sus proveedores, pues el derecho al acreditamiento no puede depender del cumplimiento de obligaciones de terceros. Esta interpretación no restringe las facultades de comprobación de las autoridades fiscales, pues de considerar que los comprobantes exhibidos por un contribuyente no amparan la transacción realizada, pueden requerir la información necesaria y, en su caso, no acceder a la pretensión del contribuyente de ejercer su derecho de deducción o acreditamiento, sin perjuicio de que existan otras razones por las que no se deba acceder a aquella. A esta conclusión se llega interpretando las distintas normas que regulan la emisión de CFDI, de las que no se deduce literalmente que los contribuyentes no puedan acreditar el impuesto que les fue trasladado por sus proveedores si estos no les expiden los complementos de pagos. Interpretar lo contrario sería violatorio del principio constitucional de seguridad jurídica, porque existe una clara línea jurisprudencial del Poder Judicial Federal con relación a que el incumplimiento de las obligaciones de los proveedores no debe impactar a los clientes. Así lo ha determinado el Pleno Jurisdiccional de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Administrativa en precedente que se reproduce a continuación. IX-P-SS-131 COMPROBANTES FISCALES DIGITALES POR INTERNET. SU EFICACIA CUANDO EL CONTRIBUYENTE QUE LOS EXPIDIÓ NO EMITE EL COMPLEMENTO DE PAGO. INTERPRETACIÓN DE LA NORMATIVA VIGENTE EN 2019.- De la interpretación sistemática de los artículos 5, fracción II, y 32, fracción III, de la Ley del Impuesto al Valor Agregado; los artículos 29, primer y segundo párrafo, fracción VI; y 29-A, fracción VII, inciso b) tercer párrafo, del Código Fiscal de la Federación y las reglas 2.7.1.32, 2.7.1.35 y 2.7.1.44 de la Resolución Miscelánea Fiscal, no se deduce literalmente que los contribuyentes no puedan acreditar el impuesto que les fue trasladado por sus proveedores si estos no les expiden los complementos de pagos. Así, interpretar la normativa de mérito en el sentido de la improcedencia del acreditamiento por el incumplimiento de obligaciones de terceros sería violatorio del principio constitucional de seguridad jurídica, porque existe una clara línea jurisprudencial del Poder Judicial Federal con relación a que el incumplimiento de las obligaciones de los proveedores no debe impactar a los clientes. De modo que, dicha normativa debe interpretarse y aplicarse en términos de las tesis 1a. CLVI/2014 (10a.), 2a./J. 160/2005, 2a./J. 35/2008, 2a./J. 87/2013 (10a.) y PC.VIII. J/1 A (10a.), es decir, en el sentido de que, si los contribuyentes tienen los comprobantes fiscales digitales por internet y demuestran haber realizado el pago conforme a las disposiciones aplicables, entonces, es procedente formalmente el acreditamiento aunque no tenga sus complementos de pago, porque su emisión es obligación de sus proveedores, pues el derecho al acreditamiento no puede depender del cumplimiento de obligaciones de terceros. Sin embargo, es importante destacar que dicha interpretación no restringe las facultades de comprobación de las autoridades fiscales, pues de considerar que los comprobantes exhibidos por un contribuyente no amparan la transacción realizada, pueden requerir la información necesaria y, en su caso, no acceder a la pretensión del contribuyente de ejercer su derecho de deducción o acreditamiento, sin perjuicio de que existan otras razones por las que no se deba acceder a aquella, ello en aplicación por analogía de las tesis 1a. CLVI/2014 (10a.) y 2a./J. 87/2013 (10a.) emitidas por la Primera y Segunda Salas de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Juicio Contencioso Administrativo en Línea Núm. 19/ 2021-24-01-01-01-OL/19/91-PL-07-40.- Resuelto por el Pleno Jurisdiccional de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, en sesión de 8 de junio de 2022, por mayoría de 10 votos a favor y 1 voto con los puntos resolutivos.- Magistrada Ponente: Magda Zulema Mosri Gutiérrez.- Secretario: Lic. Juan Carlos Perea Rodríguez. (Tesis aprobada en sesión de 7 de septiembre de 2022)
Tópico: Sí objeto del impuesto y no obligado al desglose.
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 22, 2023 15:37:18 Asunto: Re: Sí objeto del impuesto y no obligado al desglose.
Es para los contribuyentes del RIF: 'Art. 23, LIF para 2021, en el caso de los contribuyentes del RIF. Los actos o actividades realizados por estos contribuyentes si pueden llevar impuestos, pero con el estímulo fiscal otorgado en la LIF para 2021, no se desglosa IVA en operaciones con público en general'
Tópico: EN LA FACTURACION 4.0 QUE ES LO CORRECTO EN EL RENGLON OBETO DEL IMPUESTO EN UNA ESCUELA PARTICULAR?
luisv

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 03, 2023 13:42:22 Asunto: Re: EN LA FACTURACION 4.0 QUE ES LO CORRECTO EN EL RENGLON OBETO DEL IMPUESTO EN UNA ESCUELA PARTICULAR?
Buenas tardes, Sería 'si objeto de impuesto' y seleccionar exento de IVA. El 'no objeto de IVA' aplica a actividades realizadas en el extranjero
Tópico: Muestras de mi producto.
luisv

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 02, 2023 18:14:38 Asunto: Re: Muestras de mi producto.
Hacen falta moderadores en los foros definitivamente. Veo mucho spam y estos temas viejos no los deberían revivir; les deberían poner algún candado.. de nuevo se ocupan moderadores!!!!
Tópico: problemas con la pagina SAT
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 02, 2023 18:13:37 Asunto: Re: problemas con la pagina SAT
Así estuvo todo el día, espero lo corrijan por lo menos para mañana
Tópico: Problemas para generar 32D
luisv

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 25, 2023 09:16:03 Asunto: Re: Problemas para generar 32D
Intenté hoy y también no me deja generarla. Le recomiendo generar la opinión de cumplimiento cada inicio mes, porque cuando más se necesita, el portal es muy probable que tenga fallas y esto le retrase
Tópico: Acuerdo 18/2007 SCJN LEGALIDAD FORMAL O SUSTANCIAL????
luisv

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 21, 2023 12:53:12 Asunto: Re: Acuerdo 18/2007 SCJN LEGALIDAD FORMAL O SUSTANCIAL????
Tema derogado, considero que hay que enfocarnos en lo actual en vez de revivir temas pasados..
Tópico: DUDA PUEDO UTILIZAR LA PERDIDA DEL EJERCICIO QUE YO QUIERA
luisv

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 21, 2023 12:47:23 Asunto: Re: DUDA PUEDO UTILIZAR LA PERDIDA DEL EJERCICIO QUE YO QUIERA
Aquí considero que viene bien explicado el tema de las pérdidas, espero le sirva https://www.youtube.com/watch?v=x0zE71sG5G0&t=190s&ab_channel=CuentoImpuestos
Tópico: regimen simplificado
luisv

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 20, 2023 09:26:38 Asunto: Re: regimen simplificado
En vez de responder temas ya derogados hay que enfocarnos en lo actual

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