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Tópico: diferencia entre hotel y mote
Grace71

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 11, 2005 Asunto: Re: diferencia entre hotel y mote
Soy de la opinión de MIR, en cuanto a lo d elos hoteles de paso... Deben de tener una factura por el global del día, en cuanto a las notas de venta, para mi punto de vista se deberían de emitir independientemente de si se entregan o no. Ahora, en cuanto a el concepto y definición de Motel y Hotel, me parece que ha quedado bastante claro que la ubicación define el concepto a aplicar, ahora me pongo a pensar: ¿qué de aquellos Moteles que en su momento estaban fuera de la ciudad y ahora quedan dentro??? Acaso habrá que hacer el cambio de nombre sólo por ese hecho??? Y me refiero a instalaciones que no son de los llamados "de paso", en San Nicolás de los Garza he visto algunos que están sobre la Avenida Univerisad y son "moteles" y con el crecimiento de la mancha urbana quedaron dentro de la ciudad, son lugares de negocios, me consta porque me invitaron a un seminario en uno de ellos, así que qué se haría con el concepto??? Saludos, :)
Tópico: Validez de facturas
Grace71

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 08, 2005 Asunto: Re: Validez de facturas
Gracias, lo buscaré ´para realizar la verificación. Saludos, CS
Tópico: Validez de facturas
Grace71

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 08, 2005 Asunto: Validez de facturas
Hola compañeros foristas: necesito confirmar si unas facturas que me han entregado, están en regla... Saben dónde puedo consultar el folio del sistema de control de impresores autorizados y los demás datos de la factura??? Saludos y gracias de antemano. Claudia Serna :)
Tópico: Alta patronal en otro Estado
Grace71

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Julio 11, 2005 Asunto: Re: Alta patronal en otro Estado
[quote:7dc24b76f0="lcgabrielaranda"][quote:7dc24b76f0="ymontes21"]Tendras primero que hacer el trámite en hacienda como apertura de sucursal, para tener un domicilio fiscal ahi y despues proceder a solicitar tu registro patronal en la subdelegación que corresponda. Bueno es lo que yo hice en un caso similar al que planteas. Esperemos más opiniones[/quote:7dc24b76f0] Por la cantidad de personas que se van a dar de ALTA, yo tambien opino lo mismo solo recuerda que el R2, con comprobante de domicilio y etc se presentaran en la SUBDELEGACION, para que te den el formato [b:7dc24b76f0]y ademas por lo mismo de la carga de trabajadores que vas a tener ve tramitando la NPIE[/b:7dc24b76f0], DIGO MATAS DOS PAJAROS DE UN TIRO NO??, Y asi se te puede agilizar la carga administrativa con el nuevo registro patronal saludos[/quote:7dc24b76f0] Disculpa la ignorancia a qué te refieres con la NPIE???? Saludos, Grace71
Tópico: Alta patronal en otro Estado
Grace71

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Julio 11, 2005 Asunto: Re: Alta patronal en otro Estado
Gracias ymontes, eso era lo que pensaba hacer, pero quiero estar plenamente segura, para no incurrir en errores,. además del alta ante la Secretaría de Finanzas... Saludos, Grace71 P.D. De todods modos esperaré más comentarios de los compañeros.
Tópico: Alta patronal en otro Estado
Grace71

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Julio 11, 2005 Asunto: Alta patronal en otro Estado
Hola foristas: Mi duda es la siguiente: la empresa para la que trabajo tiene su domicilio fiscal en Nuevo León, se va a tener un contrato en el cual se prestarán servicios en Coahulia, como la gente que se va a contratar para éste contrato reside en Coahuila y la cantidad de personal está planaedo que ascienda a más de 200 personas, mi pregunta es la siguiente: Debo de presentar sólo al Alta de Hacienda de Nuevo León para la apertura del registro patronal de Coahuila o tengo que realizar primeramente el aviso de alta de hacienda del domicilio en coahuila para el trámite??? Sé que quizá la respuesta es más que obvia, pero con tantas cosas que traigo en la cabeza no estoy muy segura de que estoy en la dirección correcta. Saludos, Grace71
Tópico: SIGUE VIGENTE LA INSCRIPCION AL RFC DE LOS ASALARIADOS !!!!!
Grace71

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 11, 2005 Asunto: Re: SIGUE VIGENTE LA INSCRIPCION AL RFC DE LOS ASALARIADOS !
Gracias por le consejo, no dejaré que éste año nos pesque desprevenidos ésta solicitud de la autoridad. Saludos, Grace71
Tópico: Duda histórica sobre CAS
Grace71

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 11, 2005 Asunto: Re: Duda histórica sobre CAS
Para efectos de 2002, tengo en los pagos que se efectuaron aplicación de CAS, no se consideró como deducible. De hecho la empresa en su momento presentó el amparo contra el ISCAS y se ganó; tanto para 2002 como para el 2003. Saludos, Grace71
Tópico: Duda histórica sobre CAS
Grace71

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 11, 2005 Asunto:
[quote:2345c9427d="Mozart"]Primeramnete hay que tener en cuenta que mediantes disposiciones de vigencia temporal para 2005 ( contenida en la ley del ISR , vigente para dicho año ) se establece que el impuesto.el subsidio y el credito al salario que corrrespondan al salario que perciben los trabajadores, se calcularan conforme a las disposiciones contenidas en el art 113,114 y 115 vigentes hasta el 31 de diciembre de 2004 2. El credito al salario solo se aplica respecto de trabajadores, es decir, el citado articulo 115 en su primer parrafo establece que el credito al salrio solo aplica para el caso de salarios y no asi para los ingresosasimilados a estos. 3 El impuesto sustitutivo, ya no existe la obligacion ya que en 2003 fue declarado inconstitucional y en 2004 fue derogado tal contribucion. 3 En la ley del LISR hay en grave error legislativo, ya que debes de aplicar los articulos 113,114 y 115 LISR vigente en 2004. No señala que tambien se aplique el art 117 de la nley vigente en ese año 4 [b:2345c9427d]El credito al salrio se ha transformado en cuento a su aplicacion. Primeramente dicho credito era a cargo del gobierno federal. Hasta el año de 2001 se le obligaba a el patron a pagarlo pero se le permitia descontar dicho pago de las contribuciones a su cargo. [/b:2345c9427d] NOTA Espero te ayude mis comentarios ( resumidos ) ya que aun hay mas y si tienen tiempo. congusto seguire ...........[/quote:2345c9427d] OK, precisamente éste último punto es ql que me interesa, ya que no recordaba hasta que año podía descontar el CAS de las contribuciones a nuestro cargo; con ésto deduzco entonces que a partir de los pagos provisionales del 2002 se debió de ahber aplicado el CAS sólo sobre el ISR propio y el retenido, estoy en lo correcto???
Tópico: SIGUE VIGENTE LA INSCRIPCION AL RFC DE LOS ASALARIADOS !!!!!
Grace71

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 11, 2005 Asunto: Re: SIGUE VIGENTE LA INSCRIPCION AL RFC DE LOS ASALARIADOS !
Con relación a éste punto, ¿qué pasa en el caso de las persona que no están en activo en la empresa?? Trabajo en una empresa de limpieza y la verdad que la rotación de personal es bastante, así que tengo mucha gente de la que mi "maravilloso" equipo de RH no solicitó la documentación completa para armar el expediente y ni tengo de dónde ubicar a esas personas para solicitar la papelería para tramitar el RFC y la CURP de esas personas. Así que, qué me sugieren en esos tristes casos???

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