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Tópico: Patron desea bajar salario a trabajador
fjesusmelo

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Febrero 06, 2009 14:42:23 Asunto: Patron desea bajar salario a trabajador
Un patron desea bajar el salario a un trabajador pero primero lo quiere dar de baja en el IMSS y despues darlo de alta otra vez pero con un salario menor al que actualmente tiene. Quiere darlo de baja sin dejar de laborar el trabajador por aproximadamente 2 o 3 semanas¿cuáles seran las consecuencias de dicho movimiento?
Tópico: Cantidad minima declarada
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 02, 2008 Asunto: Re: Cantidad minima declarada
Gracias Vabdo, ¿esto tomando en cuenta solo interior de la republica?
Tópico: Cantidad minima declarada
fjesusmelo

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 02, 2008 Asunto: Re: Cantidad minima declarada
Gracias Paco, pero la pregunta tambien quisiera saberla para tener conocimiento del caso, pero esa duda slió por lo mismo que va a viajar.
Tópico: Cantidad minima declarada
fjesusmelo

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 02, 2008 Asunto: Cantidad minima declarada
Buenos dias, alguien sabe cual es la cantidad maxima monetaria en efectivo para viajar sin ser declarada a las autoridades? Un cliente quiere viajar y quiere llevar efectivo y pregunta cual es la cantidad maxima para viajar sin ser declarada en los viajes tanto en aeropuertos y lugares de revision.
Tópico: Se pueden juntar las Cotizaciones?
fjesusmelo

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Agosto 25, 2008 Asunto: Se pueden juntar las Cotizaciones?
Buenos dias, me pregunta un asalariado al IMSS que anteriormente estuvo cotizando en el sistema del ISSSTE, si se pueden juntar o unificar las dos cotizaciones tanto del IMSS como del ISSSTE. Quisiera saber la referencia de todo esto. Gracias
Tópico: DIAS DESCONTADOS
fjesusmelo

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Junio 23, 2008 Asunto: Re: DIAS DESCONTADOS
muchas gracias a todos por sus valiosos comentarios buscando en el foro de seguridad social encontre esta informacion respecto a las vacaciones y prima vacacional: Registro No. 196592 Localización: Novena Época Instancia: Segunda Sala Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta VII, Marzo de 1998 Página: 384 Tesis: 2a./J. 15/98 Jurisprudencia Materia(s): laboral VACACIONES Y PRIMA VACACIONAL. NO DEBE COMPRENDERSE EN EL SALARIO SU PAGO DURANTE EL PERIODO EN QUE SE SUSPENDIÓ LA RELACIÓN LABORAL POR INCAPACIDAD TEMPORAL OCASIONADA POR ENFERMEDAD O ACCIDENTE NO CONSTITUTIVO DE UN RIESGO DE TRABAJO. El artículo 42, fracción II, de la Ley Federal del Trabajo establece como una de las causas de suspensión de las obligaciones de prestar el servicio y pagar el salario, sin responsabilidad para el trabajador y el patrón, la incapacidad temporal ocasionada por un accidente o enfermedad que no constituya un riesgo de trabajo. Por otra parte, de los artículos 76 a 81 del propio ordenamiento, deriva que las vacaciones son un derecho que adquieren los trabajadores por el transcurso del tiempo en que prestan sus servicios y que tiene por finalidad el descanso continuo de varios días que les dé la oportunidad de reponer su energía gastada con la actividad laboral desempeñada, sea ésta física o mental, gozando además de un ingreso adicional, denominado prima vacacional, que les permita disfrutar su periodo vacacional, y que no debe ser menor al veinticinco por ciento de los salarios que les correspondan durante dicho periodo. La interpretación relacionada de dichos preceptos permite concluir que no debe comprenderse en el salario el pago de vacaciones y prima vacacional durante el tiempo en que se encuentre suspendida la relación laboral, por incapacidad temporal ocasionada por accidente o enfermedad no constitutivo de riesgo de trabajo, puesto que al no existir prestación de servicios no se genera el derecho a vacaciones del trabajador, ya que no se justifica el descanso a una actividad que no fue realizada por causas ajenas a las partes y que dan lugar a que la ley libere de responsabilidad al patrón y al trabajador en la suspensión de la relación; liberación que debe entenderse referida no sólo a las obligaciones principales de prestar el servicio y pagar el salario, sino también a sus consecuencias, por lo que deben realizarse los descuentos proporcionales a tal periodo. Contradicción de tesis 61/97. Entre las sustentadas por el Séptimo y Noveno Tribunales Colegiados en Materia de Trabajo del Primer Circuito. 23 de enero de 1998. Cinco votos. Ponente: Mariano Azuela Güitrón. Secretaria: Lourdes Ferrer Mac Gregor Poisot. Tesis de jurisprudencia 15/98. Aprobada por la Segunda Sala de este Alto Tribunal, en sesión pública del veintitrés de enero de mil novecientos noventa y ocho. Ejecutoria: 1.- Registro No. 4717 Asunto: CONTRADICCIÓN DE TESIS 61/97. Promovente: ENTRE LAS SUSTENTADAS POR EL SÉPTIMO Y NOVENO TRIBUNALES COLEGIADOS EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO. Localización: 9a. Época; 2a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; VII, Marzo de 1998; Pág. 385; Tesis Seleccionada espero sus comentarios al respecto. gracias
Tópico: DIAS DESCONTADOS
fjesusmelo

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Junio 18, 2008 Asunto: Re: DIAS DESCONTADOS
PEPESOTO ME PODRIAS FACILITAR POR FAVOR LA JURISPRUDENCIA QUE HABLA DEL PAGO PROPORCIONAL DEL AGUINALDO POR AUSENTISMO.
Tópico: DIAS DESCONTADOS
fjesusmelo

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Junio 18, 2008 Asunto: Re: DIAS DESCONTADOS
si existe un reglamento interior en donde estipula los descuentos por retardos y omisiones de checadas.
Tópico: DIAS DESCONTADOS
fjesusmelo

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Junio 18, 2008 Asunto: Re: DIAS DESCONTADOS
lo que pasa que en los arts 77 y 80 de la lft, si habla de proporcion para los dias a disfrutar que le corresponden y entonces le correponderian menos dias a disfrutar y como consecuencia seria menor el pago de la prima de acuerdo al articulo 80. nada mas que no habla especificamente de inasistencias y en lo que se refiera al aguinaldo en el art. 87 dice que se les pague la parte proporcional conforme al tiempo que que hubieren trabajado. entonces yo pienso que la proporcion seria nada mas sobre las inasistencias, ya que en los descuentos por retardos u omision de checada si se laboran. bueno ese es mi punto de vista, alguien que pudiera ayudarme con su opinion al respecto. gracias a todos.
Tópico: DIAS DESCONTADOS
fjesusmelo

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Junio 17, 2008 Asunto: DIAS DESCONTADOS
BUENAS TARDES A TODOS, ME PODRIAN AYUDAR CON UNA DUDA QUE TENGO RESULTA QUE EN UNA EMPRESA SE APLICAN DESCUENTOS DE SALARIOS A LOS TRABAJADORES POR:INASISTENCIAS,RETARDOS Y OMISIONES DE CHECADAS DE TAL FORMA QUE AL MOMENTO DE HACERLES EL PAGO DE EL AGUINALDO Y PRIMA VACACIONAL SE LES PAGA EN FORMA PROPORCIONAL DE ACUERDO A LOS DIAS PAGADOS EN EL AÑO. ES CORRECTA ESTA APLICACION? DE ANTEMANO GRACIAS

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