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Tópico: Ejemplo sencillo del séptimo día
martinct

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Octubre 12, 2005 Asunto: Re: Ejemplo sencillo del séptimo día
Lic. pepesoto, un verdadero gusto leerlo. Pues parece mentira compañero, pero de repente asi es como tienes que explicarles, con conejitos y ositos, de repente el trabajador no entiende o no quiere entender, y sin mentirle los sente en un saloncito y en el pizarron les explique, jajajajaja. Saludos LIc. L.C. Martin C.T.
Tópico: Harias Deducible un Parto?
martinct

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 10, 2005 Asunto: Re: Harias Deducible un Parto?
[quote:ea0486f2d5="nusvic"]si lo haria deducible y tambiem acredito el iva y eso de que te no te lo hagan deducible por ser su amante si no les vas a decir y mucho menos tu estado civil[/quote:ea0486f2d5] Yo coincido con nusvic, aunque el articulo 176 F I habla de: ".... para la persona con quien viva en concubinato......" no te van a pedir que demuestres que vives con esa persona para otorgarle el nombre de concubina, lo digo por que tengo un cliente que tiene a su "secretaria" a la cual entre otras cosas le paga los gastos medicos y hasta ahora no ha tenido problemas con su deduccion. Pero bueno cabe aclarar que el SR es viudo, pero eso el SAT tampoco lo sabe. SALUDOS L.C.MARTIN C.T.
Tópico: Ejemplo sencillo del séptimo día
martinct

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Octubre 10, 2005 Asunto: Re: Ejemplo sencillo del séptimo día
Buenas noches juan, haber si explicandoselos asi te entienden tus trabajadores, tomando los datos del compañero a_cano: Salario semanal $ 560.00 Salario Diario ($560.00 entre siete dias laborados) $80.00 De los cuale se componen Lunes $80.00 Martes $80.00 Miercoles $80.00 jueves $80.00 Viernes $80.00 Sabado $80.00 El pago del domingo se integra de la siguiente manera: Proporcion de Lunes $13.33 Proporcion de Martes $13.33 Proporcion de Miercoles $13.33 Proporcion de jueves $13.33 Proporcion de Viernes $13.33 Proporcion de Sabado $13.33 Suma $ 79.98 dif de 2 centavos ajustale para que te de los $80.00 Es decir si tu trabajas seis dias se te paga la proporcion de 6 dias, pero si tu faltas, tambien se te descuentan las proporciones de los dias que faltaste. Juan es un ejemplo a lo mejor muy burdo, pero aca en la empresa los muchachos lo entendieron bien y ya no rezongan cuando les descuento la proporcion del 7o dia. Suerte SALUDOS L.C. MARTIN C.T.
Tópico: Duda en Peq. Contribuyente
martinct

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 06, 2005 Asunto: Re: Duda en Peq. Contribuyente
[quote:cc1d050f17="lobozac"][quote:cc1d050f17="martinct"]Doramaria , buenas noches, pero bajo que fundamento lo cataloga asi el SAT. Gracias SALUDOS L.C. MARTIN C.T.[/quote:cc1d050f17] t dejo esto de un servidor...........de hace unos meses HACE UNOS MESES "ARMAMOS U DEBATE TREMENDO"............DE QUE SI "EL RESTAURANT ERA "ENAJENACION O PRESTACION" (POR ESO DE LA DEDUCCION MENSUAL DE 25 U 84 MIL Y FRACCION BIMESTRAL) Y DANDOLE UNA VUELTA A LA MISCELANEA FISCAL PARA 2005 ME ENCONTRE CON ESTO (AMEN DE QUE EN LA AYUDA DEL LLENADO EN LINEA DEL R-1 DE LA PAGINA DEL SAT, TAMBIEN DESPLIEGA EL MISMO CONCEPTO) 2.4.12. Para los efectos del artículo 29, cuarto párrafo del Código, la obligación de cerciorarse de que los datos de la persona a cuyo favor se expide un comprobante fiscal, se tendrá por cumplida cuando se conserve copia de la cédula de identificación fiscal de la persona a cuyo favor se expida, así como en los supuestos previstos en la regla 2.4.14. de esta Resolución. Cuando el comprobante se expida a favor de una persona física que tribute conforme al régimen de pequeños contribuyentes previsto en el Título IV, Capítulo II, Sección III de la Ley del ISR, dicha obligación se tendrá por cumplida conservándose copia de la constancia de inscripción expedida a nombre del contribuyente que solicite el comprobante fiscal. Tratándose de la [size=18:cc1d050f17][color=red:cc1d050f17][b:cc1d050f17]prestación de servicios en restaurantes,[/b:cc1d050f17][/color:cc1d050f17][/size:cc1d050f17] la citada obligación se tendrá por satisfecha cuando en el anverso del comprobante que conserve el establecimiento, se anote el número de folio de la cédula de identificación fiscal proporcionada por el cliente. Y PUES.............CONTRA "SANZÓN NO SE PUEDE" "ME CONVENCIERON", ES .............PRESTACION DE SERVICIOS...................NO ENAJENACION [color=blue:cc1d050f17][b:cc1d050f17]lucina , pero debes de checar si tienes convenio en tu estado y caes en cuota fija..............se me hace que he visto por ahi los anexos............CHECALO SALUDOS[/b:cc1d050f17][/color:cc1d050f17][/quote:cc1d050f17] Gracias Lobozac, agradezco la atencion SALUDOS L.C. MARTIN C.T.
Tópico: Duda en Peq. Contribuyente
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 05, 2005 Asunto: Re: Duda en Peq. Contribuyente
Doramaria , buenas noches, pero bajo que fundamento lo cataloga asi el SAT. Gracias SALUDOS L.C. MARTIN C.T.
Tópico: ¿Qué es la Cédula Cuarta?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 15, 2005 Asunto: Re: ¿Qué es la Cédula Cuarta?
De nada amigo, Suerte SALUDOS L.C. MARTIN C.T.
Tópico: ¿Qué es la Cédula Cuarta?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 15, 2005 Asunto: Re: ¿Qué es la Cédula Cuarta?
Hasta donde tengo entendido la cedula cuarte desaparecio desde hace ya mas de 20 años, esa cedula es un documento que se les entregaba a las personas que tributaban bajo el regimen de salarios y como estaba en el Titulo IV de la ley del ISR por eso se llamaba cedula cuarta. No estoy bien seguro de eso. Lo que si es seguro es que esa cedula ya no existe.Ojala alguien mas diera su opinion. SALUDOS L.C.MARTIN C.T.
Tópico: ES OBLIGATORIO
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 14, 2005 Asunto:
[quote:ea6da2936d="sscaro"]GRACIAS A TODOS POR SU AYUDA.[/quote:ea6da2936d] De nada, solo aporte mi opinion. SALUDOS L.C.MARTIN C.T.
Tópico: ES OBLIGATORIO
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 14, 2005 Asunto:
[quote:542dc2f28c="martinct"][quote:542dc2f28c="sscaro"]LA ÚLTIMA: Y SI SU CÉDULA ESTA BIEN, Y ME PIDE QUE ADICIONALMENTE ANOTE SU CURP LO DEBO DE HACER. YO DIGO QUE NO ES OBLIGATORIO. NI C.F.F. NI REGLAS MISCELANEAS ME OBLIGA A ELLO.[/quote:542dc2f28c] Haber creo que lo que tu cliente quiere es que su factura tenga anotado el CURP, no le veo problema, mientras cumplas con todos los reqisitos de ley, aunque le imprimas un carrito, un arbolito u otra cosa no veo inconveniente, no es obligatorio pero tampoco es restrictivo. Esperando opiniones. SALUDOS NO quiere anotar la CURP en la cedula si no en la factura se puede SALUDOS L.C. MARTIN C.T. L.C. MARTIN C.T.[/quote:542dc2f28c]
Tópico: ES OBLIGATORIO
martinct

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 14, 2005 Asunto:
[quote:1a2ba37264="sscaro"]LA ÚLTIMA: Y SI SU CÉDULA ESTA BIEN, Y ME PIDE QUE ADICIONALMENTE ANOTE SU CURP LO DEBO DE HACER. YO DIGO QUE NO ES OBLIGATORIO. NI C.F.F. NI REGLAS MISCELANEAS ME OBLIGA A ELLO.[/quote:1a2ba37264] Haber creo que lo que tu cliente quiere es que su factura tenga anotado el CURP, no le veo problema, mientras cumplas con todos los reqisitos de ley, aunque le imprimas un carrito, un arbolito u otra cosa no veo inconveniente, no es obligatorio pero tampoco es restrictivo. Esperando opiniones. SALUDOS L.C. MARTIN C.T.

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