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Tópico: Tiempo que se refleja el cambio de domicilio en la Constancia Fiscal
Jorgeasau

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 04, 2025 10:52:23 Asunto: Re: Tiempo que se refleja el cambio de domicilio en la Constancia Fiscal
Hola buenos dias colegas. Tengo el mismo error en plataforma del SAT. Actualicé el domicilio hace 4 dias y la Constancia de situación fiscal no arroja el nuevo domicilio. Pregunta, qué ficha o que menú debo de escoger para aclarar esta situación? Ya me metí al portal de aclaraciones y también al de solicitudes pero no encuentro un menú o ficha XX/CFF para levantar esta aclaración. De antemano muchas gracias.
Tópico: obligacion de accionistas
Jorgeasau

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 20, 2016 13:22:23 Asunto: Re: obligacion de accionistas
Hola Allende, buenos dias. No, no se hizo ningún contrato de obligaciones y/o adeudos anteriores por ninguna de las partes.
Tópico: obligacion de accionistas
Jorgeasau

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 19, 2016 19:51:03 Asunto: obligacion de accionistas
buenas tardes. Haré un traspaso de acciones de una S.A. a unos nuevos accionistas. Me preguntan ellos si serán responsables por algún adeudo que haya quedado con anterioridad en la S.A., hay algún fundamento legal donde se les pueda explicar sus nuevas responsabilidades? muchas gracias.
Tópico: PTU para persona fisica con actividad empresarial
Jorgeasau

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Diciembre 21, 2015 10:55:20 Asunto: PTU para persona fisica con actividad empresarial
Buenos dias. Tengo una duda con respecto al cálculo de PTU 2014 de una persona físcia con actividad empresarial y profesional. Se dedica ala prestación de servicios profesionales. Mi duda es si hay un tope de un mes de sueldo para la repartición de PTU a los empleados, en caso de que si haya este tope, que pasa con el excedente de PTU que no se les repartió? Si me pueden proporcionar un fundamento legal, se los agradeceria. Gracias de antemano JA
Tópico: Derecho especial de mineria. Deducibilidad.
Jorgeasau

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 28, 2015 15:40:17 Asunto: Re: Derecho especial de mineria. Deducibilidad.
Gracias JABUS, coincido con el criterio. Saludos
Tópico: Derecho especial de mineria. Deducibilidad.
Jorgeasau

Mensajes: 3
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 28, 2015 11:23:26 Asunto: Derecho especial de mineria. Deducibilidad.
Buenos dias. Alguien me pudiera apoyar con la cuestión de la deducibilidad del pago del derecho del 7.5% sobre producción minera. Es deducible para ISR? Mi pregunta va en el sentido de que cierto despacho de auditoria mencionó en un newsletter que como este derecho se calcula con una base similar ala del ISR y es considerado un impuesto adicional ala utilidad de la empresa, tendría que darse el tratamiento de impuestos en el estado de resultados, mas no un gasto. Si esto es correcto y no es un gasto, en materia contable....en materia fiscal tampoco es deducible o si? De antemano muchas gracias por su apoyo.
Tópico: Proveedores extranjeros de servicios
Jorgeasau

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 19, 2013 20:14:03 Asunto: Re: Proveedores extranjeros de servicios
Gracias vabdo. Una pregunta mas...Hay algún requisito adicional para la deducibilidad del pago a mi proveedor?
Tópico: Proveedores extranjeros de servicios
Jorgeasau

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 19, 2013 14:41:02 Asunto: Proveedores extranjeros de servicios
Buenas tardes. Tengo una duda con respecto a una operación de compra en EUA. Compro a un proveedor que esta en Nueva Jersey y me envia la mercancia a Arizona, para despues cruzarla a Mexico. El flete de Nueva Jersey a Arizona, lo pago yo a un proveedor de fletes en Estados Unidos el cual me da una factura. Mi pregunta es si es deducible este gasto o que necesitaria para hacerlo deducible? Gracias JA
Tópico: DEDUCCIONES DE LAS INVERSIONES PARCIALMENTE DEDUCIBLES
Jorgeasau

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 28, 2013 20:41:21 Asunto: Re: DEDUCCIONES DE LAS INVERSIONES PARCIALMENTE DEDUCIBLES
Buenas tardes a todos. La limitación del artículo 42 señala el monto de [b]HASTA 175,000 pesos[/b]. El artículo 37 señala que [b]en cada ejercicio[/b] se podrán deducir la aplicación de los porcientos máximos autorizados sobre el monto original de la inversion ( no sobre 175,000 pesos) con las limitaciones que establezca la misma ley del ISR. Mi pregunta es: los 175,000 pesos son deducibles por ejercicio? El 37 dice que la deduccion es sobre el monto original, con el límite de 175 mil que establece el 42. Dicho con números: Me compro un carro en $800 mil pesos. La deducción anual es de 200 mil pesos. Mi límite por ejercicio (art. 37) es de 175,000 (art. 42) cada año hasta agotar los 800 mil??? El 42 jamás habla sobre Monto Original de la Inversion, simplemente dice monto. Es correcta mi interpretación? Que opinan? Saludos JMAS
Tópico: Ingresos por honorarios y sueldos
Jorgeasau

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 06, 2013 12:01:28 Asunto: Re: Ingresos por honorarios y sueldos
Ok, muchas gracias. Y si, de acuerdo con el cambio a pago referenciado, no falta mucho para que todas las personas físicas entren al esquema JMAS

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