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Autor | Mensaje |
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Tópico: No me aparecen la opcion para pagar IVA en DYP del SAT.....desesperada | |
pmedrano Mensajes: 3 |
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Hola Adartse Para presentar la declaración de IVA seleccionas la opción de Presentación de la declaración / Provisionales seleccionas el año y mes y ya te debe aparecer la opción IMPUESTO AL VALOR AGREGADO REGION FRONTERIZA NORTE (RFN) Para consultar la declaración las declaraciones de todos los impuestos seleccionas mes y año y en el tipo de declaración la opcion: Región Fronteriza Norte, y ahi te deben aparecer saludos | |
Tópico: Comité Financiero-Fiscal Index NL | |
pmedrano Mensajes: 2 |
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me gustaría recibir información mi correo es ereyna26@gmail.com saludos | |
Tópico: NUEVA DIOT 2019 | |
pmedrano Mensajes: 10 |
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A mi también me marca error, pero abro el archivo que se llama DEM y ya se abre el programa | |
Tópico: LEYENDA FISCAL EN FACTURACION 0% POR EXPORTACION | |
pmedrano Mensajes: 3 |
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Si es una exportación 'normal' A1 no se debe agregar ninguna leyenda al comprobante fiscal, solo en el caso de que se trate de una exportación virtual en los términos de las reglas de comercio exterior sí tendrías que agregar una leyenda. En todos los casos tu soporte para aplicar tasa de 0% a la exportación siempre será el pedimento de exportación, ya sea virtual o definitivo | |
Tópico: PAGO DE HONORARIOS EXPOSITOR EXTRANJERO | |
pmedrano Mensajes: 3 |
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Tendrías que revisar el tratado para evitar la doble tributación con el país del que es residente el expositor para saber si esta exento de retención o si tiene alguna tasa preferencial, en su caso obtener la constancia de residencia fiscal y tambien debes emitir un CFDI por pagos a residentes en el extranjero. saludos | |
Tópico: FISCALIA ERROR PRECISION SOBRE DISIF | |
pmedrano Mensajes: 2 |
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Saludos [i]Editado: Febrero 27, 2018 13:07:07[/i] | |
Tópico: Calculo del Safe Harbor | |
pmedrano Mensajes: 4 |
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El material mas confiable lo encuentras en el artículo 182 de la LISR saludos ERS | |
Tópico: Arrendamiento Financiero vS crédito simple | |
pmedrano Mensajes: 3 |
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Para efectos fiscales el arrendamiento financiero es una enajenación según el artículo 14 del CFF, por lo que deduciras el bien de la misma forma en que deducirias un activo adquirido mediante un crédito bancario. El artículo 38 te marca el procedimiento a seguir una vez que se toma cualquiera de las tres opciones al finalizar el contrato. El arrendamiento financiero no es lo mismo que el arrendamiento puro, en el arrendamiento puro sí efectuas la deducción de 200 pesos diarios como ya te lo mencionaron y no se considera enajenación. Saludos | |
Tópico: Reducción de pagos provisionales 2017 | |
pmedrano Mensajes: 3 |
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Hola! El trámite debe de realizarse en la ADSC que te corresponda, en tanto que no se liberé la herramienta del SAT. Puedes verificarlo en la ficha 29/ISR del Anexo 1-A de la RMF 2017. Espero haber ayudado, saludos. [i]Dónde se presenta? A través de buzón tributario. [b]Hasta en tanto este trámite no se publique en la relación de promociones, solicitudes, avisos y demás información disponibles en el buzón tributario, el mismo deberá presentarse mediante escrito libre firmado por el contribuyente o su representante legal ante una ADSC, de conformidad con lo establecido en la regla 1.6. en relación con la regla 2.2.6. de la RMF.[/i][/b] | |
Tópico: SAZONADOR DE CARNES GRAVA IVA | |
pmedrano Mensajes: 9 |
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Artículo 2-A fracción I inciso b) ya que basicamente son especias. saludos |