Buenas tardes.
Este tema se a comentado, de diferentes formas en tópicos anteriores.
Pero no esta de mas volver a comentar.
Arrendamiento Financiero, conocido también como arrendamiento puro.
Y permite deducir mensualidades hasta un tope de $200.00 diarios.
Pero nunca sera propio el vehiculo.
Crédito simple, El vehiculo es propio, y se puede depreciar.
No se necesita desviar recursos para la adquisición.
Los intereses son 100% deducibles.
PARA CONSEGUIR UN CREDITO; DEBES DEMOSTRAR AL BANCO QUE NO LO NECESITAS.
Para efectos fiscales el arrendamiento financiero es una enajenación según el artículo 14 del CFF, por lo que deduciras el bien de la misma forma en que deducirias un activo adquirido mediante un crédito bancario.
El artículo 38 te marca el procedimiento a seguir una vez que se toma cualquiera de las tres opciones al finalizar el contrato.
El arrendamiento financiero no es lo mismo que el arrendamiento puro, en el arrendamiento puro sí efectuas la deducción de 200 pesos diarios como ya te lo mencionaron y no se considera enajenación.
Saludos