Sociedad conyugal: Opción para presentar declaración anual

Opción para que una sola persona cumpla con las obligaciones fiscales del resto.

Las personas físicas deben presentar la declaración anual del ejercicio 2004 durante el mes de abril de 2005. Aquellas que integran una sociedad conyugal, pueden cumplir con esta obligación aplicando las opciones que se comentan a continuación: Los integrantes de la sociedad conyugal podrán optar por que aquél de ellos que obtenga mayores ingresos, acumule la totalidad de los ingresos obtenidos por bienes o inversiones en los que ambos sean propietarios o titulares, pudiendo efectuar las deducciones correspondientes. En el caso de que ascendientes o descendientes menores de edad o incapacitados, en línea recta, que dependan económicamente del contribuyente, obtengan ingresos gravados menores a los que obtenga la persona de la cual dependen, podrán optar porque este último acumule los ingresos de los demás, pudiendo efectuar las deducciones respectivas. En el caso de que se ejerzan las opciones mencionadas, el contribuyente que no acumule los ingresos no tendrá la obligación de registrarse en el RFC, siempre que no estén obligados a presentar declaración por otro tipo de ingresos. Conoce más sobre la elaboración y presentación de la declaración anual de las personas físicas, consultando el artículo "Declaración Anual de Personas Físicas por el Ejercicio 2004” publicado en la sección “Artículos” de Fiscalia.  

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