Acto de naturaleza omisiva

No es impugnable ante el TFJFA.

La Ley Orgánica del TFJFA señala que son impugnables a través del juicio contencioso administrativo federal las resoluciones definitivas, actos administrativos y procedimientos que se indican, entre otros, aquellos que se dicten en materia de pensiones civiles, sea con cargo al erario federal o al ISSSTE.

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