La prueba pericial no es idónea para demostrar el registro de la deducción

Si no se demuestra la documentación que la ampare.

Si en la resolución que se impugna se rechazó una deducción en razón de que el contribuyente no exhibió la documentación que la amparara, así como por no estar registrada en su contabilidad, entonces, la prueba pericial contable que la parte actora ofrezca a fin de acreditar el registro de la deducción, no basta por sí misma para demostrar la ilegalidad del rechazo referido.

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