Aprovechamientos, su naturaleza es distinta a la de las contribuciones

Por tanto, no forman parte de estas.

El artículo 2 del CFF dispone de manera expresa lo que debe entenderse por 'contribuciones', agrupando de manera limitativa en dicho rubro a los impuestos, las aportaciones de seguridad social, las contribuciones de mejoras y los derechos.

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