La prima vacacional es una prestación legal

Y como tal, corresponde al patrón demostrar su monto y pago.

La Segunda Sala de la SCJN estableció en jurisprudencia que corresponde al patrón probar su dicho cuando exista controversia sobre el monto y pago del salario, por lo que si el aguinaldo es parte integrante de aquél, a él correspondía acreditar esos extremos, con independencia de que se reclamara en una cantidad mayor a la prevista por la ley.

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