Revisión fiscal. Improcedente contra nulidad por deficiente fundamentación

Al omitir precisar los periodos sujetos a revisión.

La Segunda Sala de la SCJN determinó que el recurso de revisión fiscal es improcedente cuando la resolución recurrida se hubiere declarado nula por ausencia o deficiente fundamentación y motivación, debido a que, en este supuesto, no se puede considerar satisfecha la presunción de importancia y trascendencia que justifique la procedencia de dicho medio de impugnación, al no declararse un derecho ni exigirse una obligación, ya que ese pronunciamiento no resuelve el fondo de la pretensión planteada en el juicio contencioso administrativo federal, sino que se limita al análisis de la posible carencia de las formalidades elementales que debe satisfacer todo acto o procedimiento administrativo para ser legal.

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