Si en el correo electrónico oficial entre los órganos del PJF

Está certificada la hora y fecha de su recepción, tiene pleno valor probatorio.

El Código Federal de Procedimientos Civiles reconoce como medios de prueba la información generada o comunicada que conste en medios electrónicos, ópticos o en cualquier otra tecnología, y establece que su fuerza probatoria está sujeta a la fiabilidad del método en que haya sido generada, comunicada, recibida o archivada y, en su caso, si es posible atribuir a las personas obligadas el contenido de la información relativa y ser accesible para su ulterior consulta.

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