Deducción de intereses devengados y pérdida cambiaria: ¿Sólo pagados?

Criterio del TFJFA que modifica la naturaleza del

A través de esta tesis de la Segunda Sección de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa (TFJFA), el juzgador asigna un nuevo requisito de deducción a los intereses devengados y a la pérdida cambiaria, abandonando la naturaleza del devengado y estableciendo como requisito la demostración de que fueron pagados, requisito que, además, no está previsto en la Ley del Impuesto sobre la Renta.

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