Anticipo de rentas: Gasto diferido

Criterio de colegiados define el anticipo de rentas como un activo intangible.

En una tesis aislada publicada el 10 de octubre de 2014 en el Semanario Judicial de la Federación, el Séptimo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito define que, para efectos de la deducción, el anticipo de rentas de un inmueble es una inversión en su modalidad de gasto diferido.

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