- Fiscal
- marzo 31, 2014
Aviso de inscripción por escisión de sociedades al RFC
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La omisión de algún requisito de la RMF no implica improcedencia.
La omisión de alguno de los requisitos establecidos en la citada regla (II.2.4.1. de la Segunda Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2009), no puede tener la consecuencia de que la solicitud de inscripción al RFC mediante el aviso de cancelación e inscripción por escisión de sociedades sea improcedente.