La tasa de ISR establecida a través de la Ley de Ingresos

No vulnera a la Constitución Federal.

El hecho de que en dicho ordenamiento (Ley de Ingresos) se prevean cuestiones de naturaleza sustantiva en materia tributaria, no conlleva en sí una violación a la Constitución Federal, ya que en ésta se establecen las reglas especiales para la creación de la Ley de Ingresos de la Federación, y como lo ha reconocido la jurisprudencia de este alto tribunal, en ningún precepto de la Constitución se prevé que la citada ley deba tener sólo el carácter de programática; en ese tenor, los juicios que han llegado a realizarse sobre el particular, permiten sostener que es perfectamente admisible que en aquélla se legisle sobre las contribuciones que deba recaudar el erario federal.

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